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Aboga por que todas las personas gocen de las oportunidades educativas y que sea preciso desplegar soluciones que puedan satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje. CONFERENCIA DE JOMTIEN (Delegados 155 países)
150 organizaciones no gubernamentales reconocieron la situación de exclusión del sistema educativo y acordaron universalizar el derecho a la educación. -
150 organizaciones no gubernamentales reconocieron la situación de exclusión del sistema educativo y acordaron universalizar el derecho a la educación.
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Se reconoce la necesidad de que el Estado promueva y garantice condiciones de igualdad, protección y atención educativa a las personas con discapacidad. La formulación de Lineamiento de Política de Educación Inclusiva del Distrito Capital se lleva a cabo para darle a la atención a las necesidades de la diversidad de los estudiantes,
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Las Normas Uniformes sobre la Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad, en las que se insta a los Estados a garantizar la educación y renovando el empeño de la comunidad mundial en la Conferencia Mundial sobre Educación para Todos.
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En el capítulo 1, se establece que la educación para personas con limitación debe formar parte del servicio público educativo. En su artículo 5, entre los fines de educación en Colombia se encuentran: el pleno desarrollo de la personalidad, escuela como espacio para desarrollarse, la formación en el respeto al pluralismo y la libertad
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"Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales". Se impartirá a través de un proceso de formación en instituciones educativas estatales y privadas, de manera directa o mediante convenio, o de programas de educación permanente y de difusión, apropiación y respeto de la cultura, el ambiente y las necesidades particulares.
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Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación “en situación de discapacidad” y se dictan otras disposiciones como el reconociendo sus derechos y la importancia de su desarrollo y su integración a la sociedad.
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Rechaza todo tipo de discriminación de cualquier tipo, por lo cual se toman las normativas educativas, legislativas, sociales y laborales que disminuyen la discriminación de cualquier tipo dentro de la comunidad
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Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales y la oferta educativa por su condición de discapacidad motora, emocional, cognitiva, sensorial, capacidades o talentos excepcionales, y otras.
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Reafirmando la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación de todos los derechos humanos y libertades fundamentales.
Gracias a esta convención, desaparecen denominaciones peyorativas y excluyentes para las personas con discapacidad. -
Define los antecedentes conceptuales y referentes teóricos de la Política Pública de Discapacidad para el Distrito Capital (PPDD), también el enfoque, las dimensiones y el propósito de la misma.
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Reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos
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Establece estrategias de promoción y pedagogía de los derechos de los niños y niñas con discapacidad y programas tendientes a asegurar la educación inicial inclusiva.
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Sanciona todo acto de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
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Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa con discapacidad, favoreciendo el ingreso, la permanencia y promoción de los alumnos, bajo los principios de calidad, diversidad, pertinencia, participación, equidad e interculturalidad