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Corrientes codificadoras familia jurídica romano germánica

  • 450 BCE

    Período del derecho arcaico

    Período del derecho arcaico
    Se desarrolla desde los orígenes de Roma hasta el siglo III a. de C. En esta fase el derecho, formado esencialmente por normas consuetudinarias, referentes a la vida local y agrícola de la civitas primitiva, va referido principalmente a los cives, esto es, a los ciudadanos romanos (quirites) y presenta caracteres rigurosos y formalistas.
  • 218 BCE

    El Período del derecho republicano

    El Período del derecho republicano
    Inicia a partir de la segunda guerra púnica (218-201 a. de C.) que inicia la expansión de Roma en la cuenca mediterránea, el derecho romano va enriqueciéndose y renovándose. Junto al "ius civile" surgen nuevos ordenamientos: el "ius gentium", más elástico y sin formas, en el que participan, por las exigencias del comercio, los extranjeros (peregrini), y el "ius honorarium" (de honor, magistratura), creado por el pretor para adecuar la actividad judicial a las condiciones sociales y espirituales.
  • 7

    El Período del derecho clásico

    El Período del derecho clásico
    Se extiende desde el final de la república y los albores del principado de Augusto hasta la época de Diocleciano. Se desarrolla al máximo la perfección del derecho romano, fundamentado sobre los tres sistemas del "ius civile", del "ius gentium" y del "ius honorarium", a lo que se le suma el derecho creado por los Emperadores con sus constituciones, por el Senado y por la actividad de un nuevo procedimiento, la "cognitio extra ordinem" que se desarrolla frente a un único juez.
  • 250

    El Período del derecho postclásico

    El Período del derecho postclásico
    Se extiende desde la edad de Constantino, hasta la subida de Justiniano al trono de Oriente. Venida a menos la jurisprudencia clásica y el proceso formulario, dividido en dos el Imperio y habiéndose transferido el centro de gravedad de él a Oriente, e iniciadas las grandes invasiones bárbaras, también el derecho romano entra en una fase de decadencia. A través de la actividad judicial y por la influencia siempre mayor del cristianismo, se produce la transformación de muchos institutos.
  • 450

    Formación histórica Romano Germánica

    Formación histórica Romano Germánica
    Este derecho se formó en Europa Continental, y aún hoy sigue siendo su principal centro de irradiación. La familia de derecho romano-germánico es la más antigua, nace en el 450 A. C. conjuntamente con la publicación de la Ley de las XII Tablas en Roma.
  • 506

    Breviario de Alarico

    Breviario de Alarico
    A través del Breviario de Alarico, promulgado en el 506 en Francia y en la península ibérica representan en teoría el derecho romano. A partir del siglo VI, se elaboraron leyes bárbaras en la mayor parte de las tribus germánicas; el proceso continúa hasta el siglo XII, en lo que se refiere a las leyes de las diferentes tribus nórdicas o eslavas.
  • 529

    Código, Digesto e Institutas

    Código, Digesto e Institutas
    Las compilaciones de Justiniano "Código, Digesto, Institutas, publicado entre el 529 y 534, completados más tarde por una serie de novelas" constituyen parte de los documentos por medio de los cuales podemos conocer el derecho romano, así como también los derechos bárbaros.
  • 565

    El Período del derecho justinianeo

    El Período del derecho justinianeo
    Dura hasta la muerte de Justiniano, a. 565 después de C., el derecho romano realiza su última evolución de la que la gran Codificación hecha por este emperador representa la fase conclusiva. Las posteriores vicisitudes de tal codificación y de su influencia determinan para Oriente la historia del derecho bizantino, y para Occidente la historia del derecho medieval y de los singulares derechos nacionales europeos.
  • 753

    Periodo de derecho Consuetudinario

    Periodo de derecho Consuetudinario
    Durante esta época se elabora un derecho canónico privado y es partir del siglo XIII, donde ya no se confunde religión y moral con orden civil y derecho. Al derecho se le reconoce una misión propia, una autonomía que quedarán para siempre como característica de las concepciones y de la civilización Occidental.
  • Periodo de la codificación

    Periodo de la codificación
    El movimiento codificador moderno surgió en el mundo en el siglo XIX. Pero este movimiento tuvo algunos antecedentes, en recopilaciones o cuerpos legales lo fueron las Leyes de Manu (que datan del siglo XIII a. C.) o las reglas del Deuteronomio (contenido en la Torá judía).
  • Código Bávaro

    Código Bávaro
    La confederación alemana se sintió atraído por la codificación y así apareció en 1864 el Código Bávaro. En 1871 se unifica Alemania y se convierte en una Federación
  • Periodo de derecho legislativo

    Periodo de derecho legislativo
    La escuela de derecho natural además de aportar al derecho romano-germánico la elaboración del derecho público, y la codificación, es decir, la consumación lógica de la concepción y de la obra llevada a cabo por las universidades desde hacía siglos. Es decir, que es el periodo donde surge la codificación de las leyes.
  • Código Civil de los Franceses

    Código Civil de los Franceses
    El Código Civil se publicó en 1804. Este código Frances recogió en muchos aspectos el derecho romano (propiedad, derechos reales, obligaciones y contratos), las costumbres, las ordenanzas reales y los principios y fundamentales de la Revolución Francesa, como libertad e igualdad.
  • Código Civil en américa latina

    Código Civil en américa latina
    Los primeros esfuerzos codificadores en materia civil de las naciones independientes siguieron el modelo del Código Civil francés, casos como los del Código Civil de Oaxaca de 1827-1828, el boliviano de 1830 y el peruano de 1836.6
  • Código jurídico Canónico

    Código jurídico Canónico
    El Corpus Iuris Canonici sólo se reemplazo hasta 1917, cuando se publicó el Código Jurídico Canónico de Benedicto XV. Se promulgo en 1983.