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Concepto del patrimonio cultural, histórico, arquitectónico.
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Principio revolucionario: el Patrimonio es propiedad de toda la humanidad.
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Se comenzó a proteger la existencia de los yacimientos arqueológicos y paleontológicos al considerarlos propiedad de la Nación
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Amantes del arte, la arquitectura y la historia se juntaron para debatir sobre el patrimonio cultural de la humanidad.
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Se crea la Comisión de Museos, Monumentos y Sitios Históricos constituyendo un gran avance
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37 países suscribieron a la carta funcional de la Organización de las Naciones Unidas.
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Se firmó una Convención para la protección de bienes culturales en caso de conflicto bélico. Este acuerdo fue el primer instrumento jurídico internacional destinado exclusivamente a la protección del patrimonio cultural.
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La Convención de 1972 para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural establece que ciertos lugares de la Tierra con un “valor universal excepcional” pertenecen al patrimonio común de la humanidad.
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Desde la sanción de la Reforma Constitucional de 1994 se ha ampliado la noción de patrimonio adaptándola a las convenciones internacionales, lo cual aumenta la importancia de la enseñanza patrimonial tanto en la Nación como en las provincias.
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En el año 2003 se sancionó la Ley 25.743 de Protección del patrimonio arqueológico y paleontológico, que fue reglamentada en 2004, lo que supuso un gran avance en la materia para todas las provincias de Argentina.
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En el año 2004, en la provincia de San Luis se sanciona la Ley Provincial de Patrimonio Cultural Nº II-0052-2004, adhiere a la Ley Nacional N° 25.743.