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Escuela Penal Clásica
Sus principales exponentes son Mauel Kant, Federico Hegel, Giandomenico Romagnosi, entre otros. Las principales características son: la igualdad en derechos, el libre albedrío, la entidad del delito (con independencia del aspecto interno del hombre), responsabilidad moral, la pena proporcional al delito (retribución señalada en forma fija); por lo que la concepción común de la escuela fue realizado con un esfuerzo sintetizador. -
Sistema Causalista
Nace a partir de la obra de Franz Von Liszt, quién se apoya del concepto de "acción" como un fenómeno causal natural como punto de partida del delito. Este sistema recoge las ideas de las Escuelas Clásica y Positivista, se avoca al estudio del Código Penal de 1871.
El principal precursor fue Ernest von Beling, con su obra "La teoría del delito" donde sistematizó el delito en tipicidad, antijuricidad y culpabilidad.
Su principal característica fue analizar el delito como un proceso causal. -
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Escuela Penal Positiva
Los principales Exponentes son Cesare Lombroso, Enrico Ferri y Rafael Garofalo.
Pone el punto de mira de la justicia penal es el delincuente, se utiliza el método experimental y se rechaza lo abstracto para conceder el carácter científico, existe la negación del libre albedrío, se describe al delito como un fenómeno natural y social y se le da mayor importancia a la prevención que la represión de los delitos. -
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Escuela Penal Eclética
La tercera escuela surge en la lucha entre las 2 corrientes más caracterizadas: clásica y positivista. Concibe el delito como fenómeno individual y social, inclinándose también hacia el estudio científico del delincuente, al mismo tiempo que preconiza las conveniencias del método inductivo. -
Sistema Finalista
Sistema iniciado por Von Weber y Graf Zu Dohna. La acción es conducta humana conducida por la voluntad hacia un determinado fin. Su principal exponente fue Hans Welsel, refiere que el delito debe ser analizado desde la intencionalidad del autor y que el dolo no es solo culpabilidad, sino parte de la tipicidad.
Se diferencia de los demás sistemas, por tomar la acción como acto final y en que radica en su concepción de la acción humana, la estructura del delito y el rol de la culpabilidad. -
Sistema Funcionalista
Su principal exponente es Claus Roxin y sustenta que "el fin de la pena es la prevención general". Günter Jakobs en 1980 y su base teórica refiere que el derecho penal no solo protege bienes jurídicos, sino que estabiliza normas sociales. En cuanto al delito enfatiza en la tipicidad funcional, por lo que el tipo debe reflejar qué conductas amenazan el orden normativo. Su principal diferencia es tomar la acción como impacto social y en la imputación objetiva reflejada en la responsabilidad social