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En la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
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Se establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117.
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Creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
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Esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy
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Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal