Ambiente

BENEFICIOS TRIBUTARIOS FRENTE AL TEMA AMBIENTAL

  • EXCENCION DE CONTRATO DE IMPORTACION

    EXCENCION DE CONTRATO DE IMPORTACION
    ART 428. LITERAL E. Y F. La importación temporal de maquinaria pesada para industrias básicas, siempre y cuando dicha maquinaria no se produzca en el país. La importación de maquinaria o equipo, siempre y cuando dicha maquinaria o equipo no se produzcan en el país, destinados a reciclar y procesar basuras o desperdicios.
  • DEDUCCION DEL IMPUESTO A LA RENTA

    DEDUCCION DEL IMPUESTO A LA RENTA
    ARTICULO N° 83 En plantaciones de reforestación se presume de derecho que el ochenta por ciento (80%) del valor de la venta, en cada ejercicio gravable, corresponde a los costos y deducciones inherentes a su explotación.
  • OBJETO DE CERTIFICACIÓN PARA LA EXCLUSIÓN DE IVA.

    OBJETO DE CERTIFICACIÓN PARA LA EXCLUSIÓN DE IVA.
    Decreto 2532 de 2001.Equipos, elementos y maquinaria destinados a proyectos, programas o actividades de reducción en el consumo de energía y/o eficiencia energética, a menos que estos últimos correspondan a la implementación de metas ambientales concertadas con el Ministerio del Medio ambiente, para el desarrollo de las estrategias, planes y programas nacionales de producción más limpia, ahorro y eficiencia energética establecidos por el Ministerio de Minas y Energía.
  • EXCENCION DE RENTA

    EXCENCION DE RENTA
    Son rentas exentas las generadas por los siguientes conceptos, con los requisitos y controles que establezca el reglamento:
    1.Venta de energía eléctrica generada con base en los recursos eólicos, biomasa o residuos agrícolas, 2. La prestación del servicio de transporte fluvial con embarcaciones y planchones.5. Servicio de ecoturismo certificado por el Ministerio del Medio Ambiente o autoridad competente conforme con la reglamentación6. Aprovechamiento de nuevas plantaciones forestales,
  • DEDUCCION DE RENTA

    DEDUCCION DE RENTA
    • ARTICULO 158-2. Las personas jurídicas que realicen directamente inversiones en control y mejoramiento del medio ambiente, tendrán derecho a deducir anualmente de su renta el valor de dichas inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable, previa acreditación que efectúe la autoridad ambiental respectiva, en la cual deberán tenerse en cuenta los beneficios ambientales directos asociados a dichas inversiones.