Derecho colectivo de trabajo

ANTECEDENTES INTERNACIONALES Y DE NUESTRO PAÍS DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO

  • John Locke 1632-1704

    John Locke 1632-1704
    Creador de la teoría del estado de derecho individualista y liberal burgués).
    El fin principal de esta teoría era conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender.
    Se legitimó la división entre:
    - Poseedores de tierra y riqueza
    - Hombres sin tierra ni riqueza
  • Mercier de la Rivière 1720-1793

    Mercier de la Rivière 1720-1793
    Habla de la justificación de la propiedad, en un párrafo.
    “.. La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar.. Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad..”
    Elevo la institución de la propiedad privada a categoría de Derecho Natural fundamental de la vida en sociedad.
  • ASAMBLEA NACIONAL DE FRANCIA

    ASAMBLEA NACIONAL DE FRANCIA
    Se ratifican las ideas de Locke y los Fisiócratas en el debate de la Declaración de los derechos del hombre.
  • Ley de Chapelier

    Ley de Chapelier
    Isaac Le Chapelier proclamó una ley de la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
    Prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo.
    Declaró ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo.
    La huelga caía dentro de los actos delictivos, prohibió la asociación profesional.
    Las protestas no tuvieron fruto,la burguesía solo respondió que el Estado ayudaría por medio de instituciones de beneficencia.
  • Ley de Chapelier. Consecuencias

    Ley de Chapelier. Consecuencias
    Fue la declaración de guerra que lanzó el estado individualista y liberal burgués a los trabajadores.
    Terminó con las corporaciones: a la burguesía le daba libertad de manufactura y de comercio y a los trabajadores les rompía las cadenas tendidas por los maestros.
  • Jean Paul Rabaut de Saint-Etienne 1743-1793

    Jean Paul Rabaut de Saint-Etienne 1743-1793
    Afirmó que los derechos fundamentales de cada hombre eran:
    La Libertad
    La Igualdad
    La Propiedad
  • Código Penal y Código Civil de 1810

    Código Penal y Código Civil de 1810
    En el Código Penal y el Código Civil de 1810 se rompe el principio de igualdad de los hombres ante la ley.
  • EDAD HEROICA DEL MOVIMIENTO OBRERO

    EDAD HEROICA DEL MOVIMIENTO OBRERO
    Se inicia gracias a:
    - la ley inglesa de Francis Place,
    - la publicación del Manifiesto Comunista y
    - la Revolución Francesa de 1848.
    Imprime a la lucha obrera un valor humano e hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada.
  • Carlos Marx 1818-1883

    Carlos Marx 1818-1883
    A través del Manifiesto Comunista dice que “la lucha de las clases es la ley fundamental de la historia”. Internacionaliza la lucha de los trabajadores mediante demandas generales sobre reconocimiento del derecho de asociación sindical. reducción de la jornada de trabajo y elevación de los salarios.
  • ERA DE LA TOLERANCIA

    ERA DE LA TOLERANCIA
    Fue en la revolución de 1848, que los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical).
    La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores.
    La asociación de trabajadores se realizaba de manera legal, pero los trabajadores no conseguían ser reconocidos como personas jurídicas.
  • Constitución de 1857

    Constitución de 1857
    Ponciano Arriaga en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre.
    Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
    Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
    Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
  • Reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria

    Reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria
    Constituyo básicamente el logro de :
    - Las luchas del movimiento obrero.
    - La fuerza del pensamiento socialista.
    - Concepción de una vida social.
    Su rasgo de distinción es la aparición de leyes de contenido laboral.
  • Huelgas en México

    Huelgas en México
    La Constitución de 1857 no aplicaba para empresas que disponían de fuerzas política. Surgen las siguientes huelgas en protesta:
    - Huelgas mineras en Chihuahua (Abril 1954), disipada con un numero alto de obreros muertos.
    - Huelga de mineros en Cananea (junio de 1906).
    - Conflicto textil en Puebla, concluyó con el laudo inhumano del presidente Díaz en Enero de 1907. El cual solo tuvo como consecuencia benéfica la prohibición del trabajo a niños menores de 17 años.
  • Ley de Agustín Millán

    Ley de Agustín Millán
    En nuestro país, fue la primera que reconocía la legitimidad de las asociaciones obreras y profesionales y fue hecha en el Estado de Veracruz.
  • Declaración de Derechos sociales de 1917

    Declaración de Derechos sociales de 1917
    Se plasman en el artículo 123 de la Constitución de 1917.
    La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
    Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
    Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
  • Ley Federal del Trabajao

    Ley Federal del Trabajao
    En 1918, el Estado de Veracruz publicó su propia Ley del trabajo que sirvió como base para elaborar la Ley Federal del trabajo de 1931.
    La primera Ley Federal del Trabajo de 1931 estuba conformada por 685 artículos que derogó todas las leyes y decretos expedidos anteriormente en materia laboral.