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Sistematización de principios administrativos: Durante la Revolución Francesa, se sentaron las bases racionales del Derecho Administrativo, definiendo atribuciones del poder público y derechos ciudadanos frente al Estado.
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Creado por Napoleón Bonaparte, este órgano asumió funciones consultivas y jurisdiccionales en materia administrativa, convirtiéndose en modelo para los sistemas de justicia administrativa en Europa y marcando el inicio de la especialización del derecho administrativo. -
Instituido por el Parlamento sueco, esta figura pionera de control administrativo independiente se creó para supervisar la administración y proteger a los ciudadanos contra abusos del poder ejecutivo. -
Luis Antonio Macarel publica la primera obra doctrinal que sistematiza el Derecho Administrativo como ciencia, influyendo en su desarrollo académico. -
Contexto: Tras la consumación de la Independencia, se confirma a las autoridades virreinales en sus funciones para garantizar la continuidad administrativa. Significado: Primer acto normativo que organiza la administración pública del México independiente. -
Contexto: Reconocimiento económico al liderazgo de Iturbide como Regente del Imperio. Significado: Establece un precedente en la regulación de remuneraciones y cargos públicos. -
Contexto: Necesidad de estructurar el gobierno del Imperio Mexicano. Significado: Primer ordenamiento que organiza el despacho administrativo (antecedente directo de la actual Ley Orgánica de la Administración Pública Federal).
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Contexto: Primera constitución del México independiente que establece un sistema federal. La Constitución de 1824 estableció el federalismo, la expropiación por utilidad pública y la facultad del presidente para emitir reglamentos. -
Contexto: Implementación del Art. 50 de la Constitución de 1824, que estableció la capital federal. Significado: Nace la administración pública del DF (antecedente de la CDMX), con un régimen especial distinto a los estados. Se define su organización territorial y competencias administrativas. -
Contexto: Gobierno liberal que buscaba secularizar instituciones y modernizar el país. Significado: Primera gran reforma administrativa en educación: creación de la Dirección General de Instrucción Pública. Base para la educación pública laica y gratuita (precedente de la reforma juarista de 1857). -
Contexto: Implementación de las Siete Leyes Constitucionales por el gobierno conservador de Antonio López de Santa Anna. Significado: Desaparición del federalismo: Los estados se transforman en departamentos sin autonomía. Eliminación del Distrito Federal y creación de una administración pública centralizada única. Concentración del poder en el gobierno nacional, afectando la distribución de competencias administrativas.
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Contexto: Reforma centralista que buscaba estabilizar el país tras años de inestabilidad. Significado: Mantiene el modelo centralista pero introduce ajustes en la división territorial. Refuerza el control presidencial sobre la administración pública.
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Contexto: Derogación de las Siete Leyes durante la Guerra México-Estados Unidos. Significado: Breve retorno al federalismo (Constitución de 1824). Los estados recuperan autonomía administrativa, pero el conflicto bélico limita su implementación.
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Medida represiva que criminalizó la ociosidad, permitiendo al Estado detener y forzar a trabajar a personas sin empleo visible. Reflejó el uso autoritario del poder administrativo para control social y disciplinamiento laboral, bajo argumentos de "orden público" -
Objetivo: Regular la libertad de prensa y controlar publicaciones. Impacto administrativo: Ejemplo temprano de regulación estatal sobre derechos civiles.
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Autoría: Redactada por Teodosio Lares (ministro de Justicia).
Inspiración: Modelo francés del Consejo de Estado.
Contenido: Buscaba transferir las disputas entre particulares y el Estado de los tribunales ordinarios a un sistema contencioso-administrativo especializado (Art. 1).
Solo tuvo 14 artículos y nunca entró en vigor.
Significado:
Primer intento fallido de adoptar el contencioso-administrativo en México.
Reflejó la influencia doctrinal francesa en las élites mexicanas. -
Estableció:
Separación sanciones penales (judiciales) y administrativas (multas/arrestos menores)
Federalismo administrativo (Art. 117: competencias residuales a estados)
Control del gasto público (Art. 119: solo pagos autorizados).
Aunque suspendida por la Guerra de Reforma (1858-61), sentó bases del Derecho Administrativo moderno en México. -
Protagonistas: Benito Juárez y su gabinete liberal
Contexto: Guerra de Reforma (1858-1861); necesidad de debilitar económicamente a la Iglesia y fortalecer al Estado
Importancia: Transferencia legal de propiedades eclesiásticas al Estado
Creación del primer patrimonio nacional administrado por el gobierno -
Protagonistas: Ministro Miguel Lerdo de Tejada
Contexto: Complemento inmediato a la nacionalización para ejecutar la toma posesión
Importancia: Mecanismo administrativo para confiscar bienes eclesiásticos
Primer caso de expropiación masiva por razones de Estado -
Protagonistas: Benito Juárez y Melchor Ocampo
Contexto: Secularización de actos vitales (nacimientos, matrimonios, defunciones)
Importancia: Creación de los primeros jueces civiles como funcionarios públicos
Base del actual sistema de identidad legal laica -
Protagonistas: Gabinete juarista
Contexto: Eliminar control eclesiástico sobre espacios funerarios
Importancia: Transferencia administrativa de cementerios al poder civil
Integración al sistema de registro civil de defunciones -
Protagonistas: Benito Juárez
Contexto: Romper con tradiciones religiosas en la administración pública
Importancia: Estableció días festivos civiles
Prohibió participación oficial en ceremonias eclesiásticas -
Protagonistas: Gobierno liberal restaurado
Contexto: Fin de la Guerra de Reforma (triunfo liberal)
Importancia: Creación del primer sistema público de salud y asistencia social
Último paso en la transferencia de funciones eclesiásticas al Estado -
El Fallo Blanco (1873, Francia) fundó el derecho administrativo moderno al establecer principios especiales para la administración pública, tribunales específicos y responsabilidad estatal diferenciada, influyendo en todos los sistemas posteriores, incluido el mexicano. -
Promulgado en Ciudad de México durante el gobierno de Manuel González, bajo la influencia de Porfirio Díaz. Este código transfirió la propiedad de los recursos minerales del Estado a particulares, beneficiando principalmente a capitales extranjeros y debilitando la soberanía nacional sobre recursos estratégicos -
El Fallo Cadot (1889) confirmó al Consejo de Estado francés como juez natural en asuntos administrativos, ampliando su competencia más allá de los casos específicos previstos en ley, consolidando así el sistema contencioso-administrativo iniciado con el Fallo Blanco.
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Promulgada el 5 de febrero en Querétaro, estableció la estructura de la administración pública moderna mediante secretarías de Estado y departamentos administrativos, centralizando el poder ejecutivo federal mientras mantenía el sistema federal, sentando las bases del Estado mexicano contemporáneo. -
Aportaciones clave: Artículos relevantes: 16, 21, 27, 28, 89, 90, 92, 115, 124, 126-127 y 134
Estructura administrativa:
5 ámbitos: federal, DF, territorios federales, estatal y municipal
2 unidades básicas: Secretarías de Estado (asuntos políticos) y Departamentos Administrativos (servicios públicos)
Principios fundamentales:
Centralización administrativa
Soberanía nacional sobre territorio y recursos (Art. 27)
Racionalización del gasto público -
Primera constitución en incorporar derechos sociales y limitaciones a la propiedad privada, estableciendo las bases del Estado social de derecho e influyendo en el desarrollo del derecho administrativo social en el siglo XX. -
Durante este periodo, juristas como Gabino Fraga (1934) y Andrés Serra Rojas (1959) publicaron obras fundamentales que sistematizaron la disciplina. Sus contribuciones, junto con las de Carrillo Flores (1939), Urzúa (1955) y Olivera Toro (1963), profesionalizaron la administración pública, establecieron controles institucionales y crearon una doctrina administrativa autóctona que sigue vigente.
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Esta ley estableció por primera vez garantías procesales en la actuación administrativa, incluyendo derecho a audiencia, acceso a información y participación ciudadana en decisiones administrativas.
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Al crear la Comunidad Económica Europea, estableció el principio de primacía del derecho comunitario sobre los ordenamientos nacionales, incluyendo el administrativo, y mecanismos de armonización regulatoria entre estados miembros. -
Reorganizó la administración pública en:
Sector centralizado (19 secretarías, PGR)
Sector paraestatal (1,155 organismos descentralizados)
Objetivo: Ordenar el crecimiento descontrolado del Estado. Resultado: Eliminó departamentos redundantes pero aumentó un 30% la paraestatal. Base del modelo administrativo actual. -
Impulsadas por Reagan y Thatcher, promovieron la reducción del Estado, privatizaciones y desregulación, transformando radicalmente el derecho administrativo económico y la relación Estado-mercado.
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Modernizó la estructura con:
Exclusión de la PGR como órgano autónomo
Creación de la Consejería del Ejecutivo
Reducción del 40% de organismos paraestatales
Enfoque: Adecuar el Estado a la globalización y TLCAN. -
Este tratado internacional estableció tres pilares del derecho administrativo ambiental: acceso a información, participación pública en decisiones ambientales y acceso a la justicia en materia ecológica. -
La reforma de Peña Nieto transformó Pemex en Empresa Productiva del Estado con autonomía jurídica, excluyéndola de la administración pública, mientras creaba órganos reguladores energéticos autónomos (CRE, CNH). Estos cambios modernizaron el sector al separar funciones operativas y regulatorias, profesionalizar la gestión pública y adaptarla a estándares internacionales, estableciendo un modelo que permanece vigente en lo esencial.