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Actuaba como tribunal en asuntos mercantiles, cumplia doble funcion: judicial y administrativa, se ocupaba de los juicios mercantiles y de los problemas de policia de comercio y establecia el orden de prelacion de las normas aplicables.
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Creacion de la matricla para comerciantes Nacionales.
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Se dicto la ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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Sobre actos, causa y alzada de comercio.
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Rosas suprimio y fue derago en 1858.
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Fue preparado por el juristas Eduardo Acevedo, uruguayo y colaboracion de Dalmasio Velez Sarsfield.
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Reintegrado el Estado de Buenos Aires a la confederacion, se sanciono la ley 15 se adopto para toda la Nacion el codigo de comercio.
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Principales modificaciones:
1- El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos.
2- Se suprimio el requisito de la inscripcion.
3- Cambio en la reglamentacion.
4-Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda. -
Incorpora al viejo codigo de comercio un nuevo regimen sobre letras de cambio y pagares.
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Incorpora un nuevo regimen de seguros.
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Se incorpora un nuevo regimen sobre sociedades.
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Incorpora un nuevo regimen para la navegacion.
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Incorpora un nuevo regimen para los martilleros
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Incorpora un regimen de cheques.
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Incorpora un nuevo regimen de concursos y quiebras.
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Entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoria de edad, pasando 21 a 18 años.
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Puso fin al proceso de unificacion del derecho privado en argentina, este codigo se encuentra vigente en al actualidad.