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Se crea el Tribunal Consulado de Buenos Aires (comerciantes como jueces), que tenía como función la de asistir a los comerciantes, a
demás de resolver los conflictos que surgieran entre ellos.
Era independiente y autónomo.
Se aplicaban las Ordenanzas de Bilbao,
las cuales regulaban los libros de los comerciantes, contratos y quiebras. -
Se sigue aplicando el Derecho Privado Español, salvo leyes particulares (Ej.: la de matrícula de comerciantes).
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Aquí se creo la matricula para comerciantes nacionales, normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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SE CRE LA BOLSA MERCANTIL QUE SE INSTALÓ EN 1822 Y FUNCIONO POR BREVE LAPSO Y SE DICTO LA LEY REGLAMENTARIA DE CORREDORES Y MARTILLEROS
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POR INSPIRACIÓN DE RIVADAVIA, SE DICTARON TRES DECRETOS: SOBRE ACTOS DE COMERCIO, Y SOBRE CAUSAS DE COMERCIO Y ALZADA DE COMERCIO
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ROSAS, MEDIANTE DECRETO SUPRIMIO LOS CONCURSOS DE ACREDORES, HASTA QUE EN 1858 FUE DEROGADO
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La Constitución Nacional
determina que el Congreso debe dictar el Código de Comercio . -
La legislatura encomienda a Vélez Sarsfield y Acevedo el dictado del Código.
Ese código no tuvo vigencia hasta 1859-62. -
Después de la "Batalla de Pavón", con la que Buenos Aires se incorpora a la confederación, se crea el Congreso Nacional que sancionó el Código de Comercio como Código Nacional.
El Código de Comercio fue el primer texto de derecho privado, el primer cuerpo legislativo codificado, en tiempo fue anterior al Código Civil (1869), entonces regía temas como por ejemplo: capacidad de las personas, obligaciones, algunas consideraciones generales sobre contratos. -
Al dictarse el Código Civil, se reforma el Código de Comercio, porque existían temas estaban regidos dos veces.
Esta reforma determina que la capacidad del comerciante la da el acto y no la inscripción en una matrícula. -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de
comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés. -
Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio
un nuevo régimen sobre sociedades -
Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad
para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años. -
En esta oportunidad, el código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación. Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial en nuestros días. -
Sin embargo, y más allá de la aparente unificación, lo cierto es que la materia comercial subsiste con su configuración normativa, con sus contenidos diferenciados
y con sus finalidades.