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“Reglamentación justinianea del documento tabelionico”
Regula la actividad notarial del tabellio en las novelas XLIV y LXXIII. -
Reglamenta la actividad del notario y las cualidades morales e intelectuales de los aspirantes a notario.
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Realiza la tarea de recopilación y legislación
1. Fuero real
2. Espéculo
3. Siete Partidas; dedicadas a la fe pública -
Rolandino Passaggeri, Salatiel y Raniero de Perugia imparten por primera vez cátedra sobre el arte notarial.
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Dicta en la ciudad de la colonia, la constitución del notariado.
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Se les denominaba escribanos públicos en sus funciones notariales.
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Realizada por Napoleón Bonaparte y considerada origen del notariado moderno.
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Reglamento Provisional Político del Imperio Mexicano.
Gracias a esto continuaron aplicándose la legislación positiva española, las Leyes de Indias y demás decretos, previsiones, cédulas reales, etc., promulgadas durante la colonia. -
Continuó la costumbre colonial de los oficios “públicos, vendibles y renunciables”, entre los cuales se encontraba la escribanía.
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Requisitos para obtener el título de escribanos en el Distrito Federal.
-Estudios
-Información de buena vida
-No haber sido procesado ni acusado por delitos públicos -
Continúan las características que la legislación castellana había dado a los escribanos de diligencias
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Se expidió la ley para el arreglo provisional de la administración de justicia en los tribunales y juzgados del fuero común
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En donde se estableció como forma de ingreso a la escribanía presentar un examen en el colegio de escribanos, aprobado este, se presentaba un teórico-practico ante el tribunal superior.
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En donde se estableció como forma de ingreso a la escribanía presentar un examen en el colegio de escribanos, aprobado este, se presentaba un teórico-practico ante el tribunal superior.
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se expide arancel en el cual quedo sujeto el cobro de honorarios por la prestación de la función.
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se expidió una circular en la cual se dictan medidas sobre la conservación y seguridad de los protocolos de los escribanos.
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Respecto a los escribanos de diligencias se determinó que en cada juzgado de lo civil debían estar anexos dos oficios públicos, vendibles y renunciables que atenderían los escribanos propietarios de ellos.
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Atendidos por los escribanos y requisitos que estos deben cumplir como matricularse.
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se expide un decreto sobre la forma de regular y los impuestos que debían pagar los oficios vendibles y renunciables como el de el escribano, los que eran enajenables y rentables.
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Para poder ejercer dicha función.
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Un inventario de sus protocolos y da los lineamientos para su conservación y vigilancia.
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Que los escribanos practiquen por si mismo las diligencias judiciales.
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Durante el se expidió la ley para el arreglo de la administración de justicia en los tribunales y juzgados del fuero común la cual tuvo vigencia en todo el país.
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Promulgado por el ministerio de justicio, impone a los escribanos la obligación de avisar a las autoridades de los testamentos una vez muerto el testador.
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Donde existieron varias disposiciones que obligaban a los notarios a la vigilancia y cumplimiento de esta ley y de las de nacionalización.
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Se aprobó la constitución de 1857 la cual estableció el sistema federal como forma de organización política.
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De gran importancia para America Latina.
Varios países la toman de ejemplo para sus legislaciones. -
Estuvo vigente hasta el 27 de mayo de 1867.
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Benito Juárez promulgo la ley orgánica de notarios y actuarios del Distrito Federal.
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Queda abrogada el 20 de enero de 1932 por la ley del notariado para el distrito y territorios federales.
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Estableciendo un examen de oposición como medio de acceso al notariado.
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Sufre modificaciones, como el establecimiento de protocolo abierto, regula al notariado como licenciado en derecho y no como funcionario público y se crea el libro de registros de cotejos que simplifico la realización de actas de cotejo.
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Se modifica esta ley, cambiando la definición de notario y se estableció un protocolo especial para actos y contractos en que intervenga el departamento del distrito federal
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Se modifican varios artículos, entre ellos el 42° en donde se establece que el protocolo ordinario será abierto. También se crea el libro de registro de cotejos.
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Se llega a la actual ley del notariado para el distrito federal.
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Se publico el en la gaceta oficial del distrito federal el 28 de marzo del 2000 y entrada en vigor a los 60 días naturales aparir de su publicación.