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Surgió el dictamen de estados financieros para efectos fiscales, mediante decreto del diario oficial
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Entro en vigor un nuevo código fiscal de la federación
que contenía su artículo 85 los requisitos fundamentales del dictamen fiscal, así como las sanciones para el contador público que no cumpla con los mismos -
Se publicó el reglamento del artículo 85 del CFF, que regulo diversos aspectos inherentes al contenido y funcionamiento del dictamen fiscal.
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Se reformo el CFF, en cuyo art. 52 se establece la trascendencia legal del dictamen fiscal, así como los requisitos generales para su validez y las sanciones.
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La SHCP. Emitió un decreto que autorizaba la presentación del dictamen fiscal en dispositivo magnético.
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A partir de 1992, esta opción adquiere el carácter de obligatoria
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Se publica en el DOF, la modificación a la fracción I del Art. 52 del CFF, para establecer que también pueden dictaminar las personas de nacionalidad extranjera conforme a los tratados internaciones de que México sea parte.
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El dictamen se presento apoyándose en hojas electrónicas de cálculo.
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En 1997 se propone el uso de un sistema automatizado conocido como SIPRED’96, para capturar, editar, y presentar el dictamen fiscal a la SHCP.
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El dictamen se presenta por medio electrónico a través de un Sipred ya mejorado y se envía a través de internet, lo cual da al CPR una simplificación en su trabajo.
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Se hace obligatoria la presentación del dictamen por medio de Internet.