ANTECEDENTES DEL DERECHO MEXICANO DEL TRABAJO

  • Period: 476 to Dec 31, 1453

    ANTECEDENTES

    El trabajo era una actividad impropia en los individuos, su desempeño era propia de los esclavos
  • Period: 476 to Dec 31, 1492

    GREMIOS

    Los artesanos era individuos dedicados al mismo oficio, la artesanía
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    REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

    Las corrientes del pensamiento denunciaban la explotación a la que eran objeto los trabajadores. Se cuestiona la doctrina liberal individualista.
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    PRINCIPIOS DE LA DOCTRINA LABORAL

    Apatzingán. Se elevó la doctrina liberal; pugnaba porque se dejara al hombre al campo totalmente libre, desempeñando sus actividades porque el hombre es naturalmente libre y el Estado protege este derecho
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    CARACTERES DEL DERECHO LABORAL

    En constante crecimiento. de crecer y tener más normas laborales; debe tener un mínimo de garantías, sus prestaciones nunca deberán ser menor.
    Unitario: es una sola unidad, no solo son normas: Instituciones, características, principios que lo hacen importante y único.
    Irrenunciable: los derechos laborales no pueden causar renuncia.
    Inconcluso. No está terminado, siempre va a haber nuevas características o figuras del derecho del trabajo que se incluye en la normatividad.
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    CREACIÓN DEL DERECHO MEXICANO

    Independencia; con la abolición de la esclavitud (Miguel Hidalgo y Costilla)por medio de un bando que cumplimentaba al intendente de la provincia. Es decir se reconoce un derecho que antes no reconocía la condición humana.
    Morelos: por el aumento del jornal obrero, continuando con la labor de Hidalgo, sentó bases fundamentales para estructurar la nación Estado Mexicano con 23 puntos en concepción de la justicia social
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    DERECHO LABORAL

    Nace en el siglo XX por la división entre los hombres, se produjo el sistema económico liberal agrupándolo en dos:
    * Los dueños del capital
    * Los que alquilaban su fuerza de trabajo
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    CONSTITUCIÓN DE 1824

    Dos tesis: Lucas Alaman. Infraestructura fabril con apoyo del Estado; Luis Mora, concurrencia libre, iniciativa privada.
    Estatus orgánico de Comonfort (1856)
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    CONSTITUCIÓN DE 1857

    La revolución de Ayutla buscaba derrocar a Santa Anna con el fin de reconocer los derechos fundamentales del hombre. Artículos 4 y 5 consignaron las libertades profesional, industrial y de trabajo.
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    LEGISLACIÓN DE MAXIMILIANO DE HABSBURGO

    Régimen monárquico, legislación social para el desarrollo de la nación. Código civil de 1870 (D.F.)
    Durante el Porfiriato: huelga de Río Blanco y Cananea
    Ricardo Flores Magón
    Leyes de los Estados
    Legislación de Carranza
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    SOCIALISMO UTÓPICO

    Marx, Engels, Lenin. Pensadores que buscaban la reinvindicación de los trabajadores. La iglesia tomó partido en cuestiones de derecho laboral, emitió una encíclica llamada rerum novarum (de los cambios políticos) emitida por el papa León XIII en 1891, carta dirigida a obispos que versaba sobre la condición de los trabajadores
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    PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO

    Como un derecho y deber social (el derecho del trabajo es un deber del estado proporcionarlo, pero también es un derecho que tiene el trabajador; El principio de libertad. Art. 5° Constitucional.El trabajador tien la libertad de elegir su profesión a desempeñar; Igualdad: a igual empleo, igual salario; estabilidad en el empleo: guarda la posibilidad de mantener un trabajo por tiempo no limitado, debe ser consecutivo; vulnerado (por firma de contratos por tiempo limitado, tiene principio y fin.
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    ANTECEDENTES LABORALES

    Revolución Política de 1910. Se transforma en social y se convierte en Constitución Político Social en 1917. Su objetivo: modificar algunas formas de vida de la sociedad mexicana establecido a favor de obreros y campesinos sus derechos a protección y reinvindicación
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    ART. 123

    Regula las relaciones individuales y colectivas.
    A: Rige las relaciones de los patrones, trabajadores y profesionales
    B: Relaciones de los trabajadores burocráticos, relación de trabajo con el Estado.
    Jornada legal en el día y la noche:
    *8 horas diarias
    * 7 horas nocturnas. Prohibido los menores de 16 años para laborar en industrias
    * Menores de 14 y de 16 laborarán jornadas de 6 horas
    * por cada 6 días de trab. debe disfrutar de 1 día de descanso
    *Derechos especiales para mujeres embarazadas
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    HORAS EXTRAS

    Son aquellas excedentes después de 8 horas legales, pueden ser cada tercer día y 3 veces por semana, si excede de 9 horas las primeras se pagan al doble, las siguientes (jornada convencional) se deben pagar al triple.
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    FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL

    Se encuentra en el art. 123 de la ley de la constitución de 1917.
    Ley Federal del Trabajo, rige las relaciones de los trabajadores con el patrón