Antecedentes del Derecho Mexicano

  • 850 BCE

    Actividades de Tipo Comercial

    El hecho de tener actividades como panaderos, zapateros, etc. venían siendo cosa de extranjeros y por tanto nadie se preocupaba por intentar legislar dichas actividades. A estas personas solo se les reconocía con honores públicos y de ahí deriva la palabra Honorarios.
  • 801 BCE

    Roma Clasica

    No existía el derecho laboral y mucho menos existían leyes al respecto, era mas importante legislar al sector humano en cuestiones civiles por lo que el derecho civil, fue quien caracterizo el mundo jurídico de la antigua roma.
  • 500

    Edad Media

    Tras la caída del Imperio Romano las nuevas generaciones crecen en un ambiente donde el trabajo, aparte de necesario, comienza a considerarse como un bien social, una forma de sustento casi única y obligatoria. • El cristianismo le atribuye un sentido redentor. Es un deber moral. Aquí mismo surge entre las actividades artesanales el miedo a parecer demasiado rico o demasiado pobre. • En esta situación, es de todo impensable la formación de posibles sindicatos o de algún tipo de Derecho laboral.
  • 1490

    Fin de la Edad Media

    Fue al final de la Edad media cuando surge, gracias a la revolución industrial, una nueva ideología que viene a decir que la riqueza no se centra exclusivamente en tener o no propiedades de Tierra. Nos enseñó que la riqueza no solo se obtiene por nacer en una familia noble, que en cualquier parte hay oportunidades de crecer, que las necesidades humanas pueden ser satisfechas y gracias a ello uno puede enriquecerse. Nace el concepto del “consumo”.
  • 1492

    Edad Moderna

    Surgen las grandes fábricas, los grandes mercados y la nueva maquinaria que a la vez fomenta nuevos sistemas de producción y nuevas necesidades sociales. • Nace la gran competencia.
  • 1500

    Los Aztecas

    En México, los Aztecas basaban el sustento de su vida en la agricultura: Los nobles tenían trabajadores y los de las clases inferiores, trabajaban su propia tierra (normalmente el jefe de familia era el sustento de ésta). Entre los artesanos, realizaban el trueque o la venta de sus productos.
  • 1501

    Edad Moderna

    Los campesinos acudieron a la ciudad, donde se les ofrecía la oportunidad de trabajar en las máquinas, sin necesidad de aprendizaje previo. Las mujeres y los niños participaron en el mercado de trabajo, preferidos en razón del menor salario que se les pagaba por un trabajo igual al de los hombres.
  • 1550

    Primer Antecedente en Mexico

    Con la llegada de los españoles al territorio mesoamericano, los conquistadores empezaron a repartirse la tierra y a los indígenas. A estos últimos los esclavizaba, obligándolos a trabajar largas jornadas. Estos abusos fueron del conocimiento de la Corona Española, por lo que XVI se expidieron las Leyes de Burgos y las Leyes de las Indias. Dichas leyes regulaban el trabajo indígena, así como los términos para que pudieran trabajar en tierras españolas.
  • Poder Politico

    En 1791 el poder político comienza a perder fuerza en favor de los trabajadores, en Francia aparece la llamada "Le chatelier" que concede a los trabajadores el derecho a asociarse y a formar corporaciones sin riesgo a ser encarcelados o vejados. Con el inicio de la revolución francesa, en Europa desaparecen las antiguas leyes de trabajo dejando paso al liberalismo y el comunismo.
  • Siglo XIX Inglaterra

    El punto de partida del movimiento legislativo en los países industriales podría fijarse en la ley inglesa de 1802 sumamente imperfecta, pero que al menos admitió la regulación de las condiciones de trabajo y la protección de los niños.
  • Decreto Constitucional

    El Decreto Constitucional para la Libertad de la América Mexicana o la Constitución de Apatzingán. Aunque esta no entró en vigor, el artículo 5to constitucional que expresa “ningún genero de cultura, industria o comercio puede ser prohibido a los ciudadanos, excepto los que forman la subsistencia pública”. En la actualidad, el artículo especifica que a nadie se le podrá impedir dedicarse a cualquier actividad económica siempre y cuando sea lícita, la constitución de Apatzingán otorga las bases
  • Siglo XIX Francia

    En Francia, se impulsó una legislación intervencionista, en la revolución de 1848.
  • Primeras Leyes

    A mediados del siglo XIX aparecen las primeras leyes del Derecho del Trabajo,. Nace en forma de leyes de emergencia, irregulares en su alcance y modo de aplicación, fragmentarias aunque innovadoras. • Elaboradas, frecuentemente ante la presión de las fuerzas obreras organizadas.
  • Primer Reconocimiento en México

    En la constitución de 1857 se establecieron los derechos de los trabajadores y el patrón como lo fue la liberta de industria y del trabajo. Sin embargo, en esta constitución aun no se le otorgaban facultades al Estado para legislar en materia laboral, por lo que solo fueron reconocidos algunos derechos. Esta fue la causa por la que el derecho laboral en México aún no existía
  • Iberoamerica

    En Iberoamérica, la legislación laboral comienza a principios del siglo XX, aunque en Brasil, se dictaron disposiciones protectoras de la infancia en 1890.
  • Primera Huelga

    Para que tomara forma el artículo 123 constitucional, ocurrieron algunos acontecimientos, como lo fueron las huelgas de Cananea, Sonora en 1906 quienes, motivados por la discriminación y las condiciones laborales frente a trabajadores estadounidenses, demandaron a la compañía mejores condiciones laborales., sin embargo, estas huelgas fuero reprimidas de manera violenta en lugar de hacer uso del diálogo y la negociación.
  • Fundación de Asociaciones

    Se creó la Fundación del Gran Círculo de Obreros Libres de Río Blanco, expresión y forma de la organización de los trabajadores de fábricas de textiles, a las que se sumaron las fábricas de hilados y tejidos de Puebla y Tlaxcala para la defensa de sus derechos. En correspondencia, los patrones crean una organización de propietarios de las fábricas de hilados y tejidos, denominada Centro Industrial Mexicano, con fábricas de Puebla, Tlaxcala y muchas más
  • Primer Departamento del Trabajo

    En 1911, en el gobierno de Madero, se instauró una organización gubernamental encargado de atender las demandas de los trabajadores. A este organismo se le llamó Departamento del Trabajo. Todas las leyes anteriores sirvieron como reforma para la Constitución de 1917.
  • Reforma Constitucional

    En 1917 cuando se convocó al Congreso Constituyente para la creación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la ciudad de Querétaro. En dicho ordenamiento legal se incluyó un capítulo específico para la materia del trabajo. Los dos artículos que comprendieron la materia laboral, fueron el 5° y el 123 constitucionales; el 5° es la libertad que todo individuo tiene para dedicarse a la profesión, industria, comercio o trabajo lícito.
  • Primera Ley Federal del Trabajo

    En 1931 se promulgó la primera Ley Federal del Trabajo, en la que se fincaron las bases generales de los derechos de los trabajadores, considerando además los conflictos que pudieran surgir entre los factores de la producción y la forma de resolverlos, así como los organismos de gobierno encargados de impartir justicia en caso de controversias. El proyecto de esta ley fue creado por la entonces Secretaría de Industria, Comercio y Trabajo, durante la presidencia de Emilio Portes Gil
  • Riesgos Profesionales en Mexico

    Durante la vigencia de la Constitución de 1857, surgió la Ley de Riesgos Profesionales del Estado de México en 1940, instaurando un concepto sumamente importante en esta rama del derecho: Accidentes en el trabajo, el cual estipulaba que, si un trabajador sufría de un accidente mientras desempeñaba sus labores, el patrón estaba obligado a pagar su atención o indemnizar a los familiares del afectado en caso de su defunción, así como cubrir los gastos de su sepelio
  • Aplicación en la Vida Cotidiana

    La Ley Federal del Trabajo, que entró en vigor en 1970, en ella se retoman y conjugan todas las reformas de la ley anterior; asimismo se determina la forma en que deberán ser respetados los derechos de los trabajadores y de los patrones y la forma en que deberán resolverse los conflictos. Además, en esta nueva ley, se incluyeron normas que regulan la forma de impartición de justicia por los organismos gubernamentales en materia laboral. La Ley Federal del Trabajo, que actualmente rige.
  • Entran en Vigor las Reformas Sustanciales

    En 1980 entraron en vigor las reformas sustanciales a la Ley Federal del Trabajo, en materia procesal, a consecuencia de los cambios que la sociedad demandaba para hacer cada vez más expedita y accesible la impartición de justicia laboral. de las mas importantes representan el fortalecimiento de los principios de concentración e inmediatez, característicos del sistema oral. Además, la mayoría de las reformas procesales consagran el principio de "suplencia en la deficiencia de la queja"