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Durante la dominación Española en nuestro territorio se aplicaban la Ley de Indias (legislación promulgada por los monarcas españoles) y las Leyes de castilla, que buscaban regular la vida social, económica y politica del territorio.
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A partir de la creación del consulado en 1794, se incorporaron las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban especificamente el comercio maritimo y terrestre. Este actuaba en asuntos mercantiles y separaba la jurisdiccion civil de la comercial. Cumplia una doble funcion tanto administrativa como judicial y se aplico hasta 1859
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Normas sobre las consignaciones y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales
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Se creó la bolsa mercantil que se instaló en 1822 que funcionó un breve lapso y se creo la ley de corredores y martilleros
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Se dictaron 3 decretos, sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y alzada de comercio
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Fue por idea de rosas, la cual posteriormente fue derogada
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El Estado de Buenos aires, aprobó en 1859 el codigo de comercio realizado por parte de los juristas Eduardo Acevedo y Dalmasio Veléz Sarfield, que empezó a tener vigencia en 1860 solo en la provincia de Buenos Aires
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Una vez integrada la provincia de Buenos Aires a la confederación en 1862, se sancionó la ley 15 que aprobó el Codigo de Comercio a toda la nación.
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Se sancionó el Código Civil
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1889: Se introdujo:
- El valor de los usos y costumbres como fuentes del derecho
- Se suprimió el requisito de la inscripción de la matrícula para adquirir la calidad de comerciante
- Cambios sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianzas, letras de cambio, derecho marítimo, quiebras
- Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda
Esta reforma encontró su causa principal en la sanción del Código Civil -
Se sanciona el Decreto-Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Se sanciona la Ley N° 17.418 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Se sanciona la Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Se sanciona la Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo régimen para los martilleros.
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Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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Se sanciona la Ley 26.579 que, entre otras cosas, modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, pasando de 21 a 18 años.
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El viejo Código Civil y Código Comercial fueron derogados por la Ley Nº 26.994 que sanciona al nuevo Código Civil y Comercial y reforma la Ley de sociedades (19.550).
Este no hace referencia alguna a la materia comercial, ni siquiera al empresario o empresa.
Es así como este código considera a las personas de manera unificada y las clasifica como jurídicas o humanas sin diferenciar entre sujetos comerciales y civiles. Tampoco existe mas el Registro Público de Comercio ahora es Registro Público.