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Primer antecedente del Derecho Comercial Argentino. Eran disposiciones creadas por la corona española para regir sobre las colonias americanas que dominaban. También se aplicaban el Consulado del Mar y las Ordenanzas de Burgos.
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Debido a la habilitación del continuo tráfico mercantil hacia los puertos de Buenos Aires y Montevideo, se crea el Consulado de Buenos Aires y se implementan las normas de Bilbao para regular el comercio terrestre y marítimo. Dicho consulado se ocupaba entre otras cosas, de los juicios mercantiles.
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Al producirse la independencia de España, y como consecuencia natural de no poder sustituir la totalidad de la legislación vigente, siguió rigiendo la legislación comercial anterior, pero con algunas modificaciones.
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En 1813 se crea la matrícula para Comerciantes Nacionales, normas sobre las consignaciones, y el nombramiento de contadores peritos en los litigios comerciales.
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En 1821 se crea la Bolsa Mercantil que funcionó por un breve lapso
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Se dicta la Ley reglamentaria de corredores y martilleros.
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En 1822 se dictan tres decretos: sobre actos, causas y alzada de comercio.
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En 1836 Rosas decreta la supresión de los concursos de acreedores, luego derogado en 1858.
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Este régimen se aplicó sin grandes cambios hasta 1859
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- El jurista Eduardo Acevedo y en colaboración con Vélez Sarsfield, preparan un proyecto de Código de Comercio, que una vez aprobado, empezó a regir sólo en la Provincia de Buenos Aires a partir de 1860.
- Reintegrado Buenos Aires a la Confederación y luego de la sanción de la ley 15, el Código de Comercio empieza a regir para toda la Nación.
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Al sancionarse el Código Civil en 1869, surge la necesidad de realizar modificaciones en el Código de Comercio:
1889. El valor de usos y costumbres como fuente de derechos. Supresión del requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante. Cambios en algunas reglamentaciones. Ajustes en algunos contratos. Luego se realizaron otras modificaciones que consistieron en incorporar nuevos régimenes al viejo Código de Comercio. -
Nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés: Decreto-Ley 5965/63
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Sanción de la Ley 17.418: Nuevo régimen de seguros
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Sanción de la ley 19.550: Nuevo régimen sobre sociedades.
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Sanción de la ley 20.094: Nuevo régimen para la navegación
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Sanción de la Ley 20.266: Nuevo régimen para los martilleros
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Sanción de la ley 24.452: Nuevo régimen de cheques
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Sanción de la ley 24.522:Nuevo régimen de concursos y quiebras
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Sanción de la ley 26.579: La mayoría de edad pasa a ser de los 21 a los 18 años.
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El Código de Comercio fue derogado por la Ley 26.994, que sanciona al nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y reforma la Ley de sociedades.