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1700 BCE
La propiedad privada
Principio fundamental de la vida social, económica, política de los siglos XVII Y XVIII. -
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DEL HOMBRE
La asamblea nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y Fisiocrátas en el debate de la declaración de los derechos del hombre -
LEY DE CHAPELIER
D ´ Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones. Aquí algunas características:
La más cruel de expresión del propósito de la burguesía de explotar al hombre.
Esta ley prohibió todas las instituciones del Derecho colectivo del trabajo.
La huelga caía dentro de los actos delictivos.
En su Art 4.- declaró ilícita la fijación de condiciones generales del trabajo. -
LAS CORPORACIONES
La dos clases vieron con alegría la desaparición de éstas.
A la biurguesía por que les daba la libertad de manufactura y comercio.
Los trabajadores porque rompía las cadenas tendidas por los maestros.
El socialismo científico se desencadena por la declaración de guerra que lanzó el estado individualista y liberal burgués a todos los trabajadores .a través de la declaración de la ley de Chapelier. -
CARLOS MARX
En su manifiesto comunista refiere que :
La lucha de las clases sociales es la ley fundamental de la historia y comienza a ser crítico de la situación que se vivía. -
EDAD DE LA TOLERANCIA
Fue en la revolución de 1848 que los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptará la libertad de coalición(huelga y asociación sindical).
La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo NO constituían derechos de los trabajadores.
Constituyó básicamente el logro de :
*Las luchas del movimiento obrero
*La fuerza del pensamiento socialista
* La concepción de una vida social. -
RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LOS DERECHOS COLECTIVOS DEL TRABAJO
Desde la edad heroica del movimiento obrero al reconocimiento constitucional se dieron tres momentos importantes:
* La edad heroica
* La era de la tolerancia
* el reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria. -
CONSTITUCIÓN DE 1857
Queda plasmado el derecho colectivo dentro de la legislación , individualismo y liberalismo en la historia de México en la Constitución de 1857.
*Art 4.- Consagró la libertad del trabajo
Art 5.- Nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento
Art9.- A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con algún objeto lícito. -
DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS SOCIALES
Se declaran los derechos sociales y el derecho colectivo del trabajo.
123 Constitucional
Derechos Colectivos
Agruparse, Huelga, autoridades laborales.