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Antecedentes del Derecho Colectivo de Trabajo

  • John Locke

    John Locke
    Creador de la teoría del estado de derecho individualista y liberal (burgués).
    Principal fin de la teoría era conservar su propiedad mediante, la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza, ni tierra, ya que no tenían que defender.
  • Period: to

    Revolución Industrial

    Los progresos científicos tuvieron gran repercusión en las aplicaciones industriales. Se descubre la electricidad, se construyen altos hornos de fundición de acero y hierro, etc. Los horarios de trabajo se hacen largos y agotadores. No hay descanso, si alguien enferma es reemplazado inmediatamente con otro trabajador.
  • Fisiócratas

    Fisiócratas
    Pierre-Paul Lemercier de La Rivière de Saint.
    Tratadista político perteneciente al grupo de los fisiócratas franceses.
    Elevó la institución de la propiedad privada a categoría de Derecho Natural fundamental, de la vida en sociedad. Justificó que la propiedad no es otra cosa que el derecho a gozar, atacar la propiedad es atacarla libertad y alterar la libertad, es alterar la propiedad
  • Revolución Francesa

    Revolución Francesa
    El hambre, la pobreza y la falta de representatividad en las instituciones se cuentan entre las razones de la rebelión. Filósofos ilustrados como Rousseau y Voltaire crearon un marco de pensamiento basado en los principios de la igualdad y la libertad que sustentaría la Revolución Francesa. Con esta revolución se impone el Principio de libertad contractual
  • Asamblea Nacional de Francia

    Asamblea Nacional de Francia
    Ratificó las ideas de Locke y de los Fisiócratas, en el debate de la Declaración de los Derechos del Hombre. la Asamblea Nacional Constituyente francesa aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, convirtiéndose en un legado fundamental de la Revolución Francesa; misma que tiene un valor universal, y constituyó la base de la Declaración de las Naciones Unidas en 1948.
  • Ley Chapelier

    Ley Chapelier
    Es reconocida por su efecto de prohibir la libertad de asociación, prohibía formar sindicatos y asociaciones de obreros y del derecho de huelga en Francia.
    Fue mantenida en vigor hasta mayo de 1864
  • Decretos de Allard

    Decretos de Allard
    D’ Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
  • Period: to

    Edad heroica del movimiento obrero y reconocimiento constitucional de los derechos colectivos del trabajo

    Alude al reconocimiento constitucional de los derechos colectivos del trabajo, se dieron momentos relevantes en esta materia siendo los sucesos más relevantes correspondientes a la edad heroica, la era de la tolerancia y el reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria
  • Código Penal Frances

    Código Penal Frances
    En 1819 se promulgo este Código, que en el artículo 415 de este ordenamiento castigaba con prisión de 1 a 3 meses a los trabajadores que formaran una coalición "para suspender conjuntamente el trabajo en un taller, impedir el ingreso o la permanencia en él antes o después de una hora determinada, y en general, para suspender el trabajo, impedir o encarecer el trabajo, si ha habido una tentativa o principio de ejecución" a los jefes promotores se les castigaba con prisión de 2 a 5 años
  • Corporaciones

    estas eran benéficas para la burguesía y los trabajadores; libertad de manufactura y comercio, rompía con las cadenas de los maestros.
  • Ley Inglesa de Francis Place

    Ley Inglesa de Francis Place
    Se inició la lucha gracias a esta Ley, que suprime las normas que prohibían las asociaciones de trabajadores y la huelga.
  • Robert Owen

    Robert Owen
    Había establecido jornadas reducidas en una fabrica textil de escocia
  • Manifiesto del Partido Comunista

    Manifiesto del Partido Comunista
    Carlos Marx, mediante su Manifiesto del Partido Comunista, refiere que la "lucha de clases es la ley fundamental de la historia" y comienza a ser crítico de la situación que se vivía.
    En él se reflejan ya las bases previas del marxismo, incluyendo la concepción materialista de la historia, la lucha de clases y los conflictos del modo de producción capitalista. piden un derrocamiento por la fuerza de todas las condiciones sociales existentes, lo que sirvió como un llamado
  • La era de la tolerancia

    En la revolución de 1848 los obreros lograron que la Comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical). La huelga y asociación profesional quedaron toleradas, sin embargo, no constituían derechos de los trabajadores.
  • 3. El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria

    Constituyó básicamente el logro de:
    Las luchas del movimiento obrero
    La fuerza del pensamiento socialista
    Concepción de una vida social
  • Constitución de México de 1857

    Constitución de México de 1857
    Mediante sus disposiciones logro avances en el tema, como lo establece el Art 4. Consagro la libertad del trabajo, Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento y Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito
  • Huelgas Mineras en Chihuahua

    Huelgas Mineras en Chihuahua
    Trabajadores exigieron su pago semanal, la cual fue negada. Movimiento precursor de la Revolución Mexicana.
    Fueron destruidas con un número alto de obreros muertos.
  • Movimientos liberadores de la clase trabajadora

    Movimientos liberadores de la clase trabajadora
    Durante la Revolución industrial la jornada de trabajo es de 17 horas. el 1 de mayo de 1886 se impone las 8 horas (que científicamente es el tiempo en que el cuerpo trabaja sin agotarse), las 16 horas restantes son para descansar y estar con la familia, las jornada laboral de 8 horas se consolida con el Pacto de Versalles en 1919
  • Ley Waldeck-Rousseau

    Ley Waldeck-Rousseau
    Abroga las disposiciones de los Decretos de Allard y la Ley de Chapellier. El gobierno promulgó la adopción de leyes sociales como la reducción de la jornada de trabajo a 11 horas y la controvertida del contrato de asociaciones. significo el reconocimiento pleno de los sindicatos franceses. Se establecen las normas protectoras del trabajador
  • Huelga obrera en Cananea

    Huelga de mineros en Cananea, en Junio de 1906. Fue en Sonora, en la mina de cobre Cananea Consolidated Copper Company (CCCC), propiedad del estadounidense William C. Greene.
  • Conflicto textil en Puebla

    Conflicto textil en Puebla
    Se suscitó cuando los empresarios impusieron un nuevo reglamento de trabajo, que ampliaba el horario de 14 horas de jornada y ampliaba las causas de multas, dicho conflicto concluyo con el laudo inhumano del Presidente Porfirio Díaz Ordaz – solo tuvo como consecuencia la prohibición del trabajo a niños menores de 7 años
  • Revolución Mexicana de 1910

    Revolución Mexicana de 1910
    Movimiento revolucionario, encabezado por caudillos y campesinos que buscaban entre otros, la defensa de los derechos del trabajo
  • Proyecto de Ley Reguladora del Contrato de Trabajo

    Licenciado Fernando Lizardi se unió al movimiento constitucionalista encabezado por Venustiano Carranza, realizó el Proyecto de Ley Reguladora del Contrato de Trabajo; realizó su dictamen al mencionado proyecto en forma de carta dirigida al gobernador Mchuca.
    Carta a Carranza de Lizardi para exponer sus motivos del proyecto de Ley Reguladora del Contrato de Trabajo. Expone la necesidad de fijar la jornada máxima y el salario mínimo entre otros.
  • Facultad del Congreso de la Unión

    Se reformaba la fracción X al artículo 72 constitucional para darle al Congreso de la Unión facultad para legislar en materia de trabajo, así como la legislación sobre contratos colectivos de trabajo, que responde a una necesidad social.
  • Ley de Agustín Millán

    Ley de Agustín Millán
    fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras. La facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
  • Constitución Méxicana de 1917

    Constitución Méxicana de 1917
    La declaración de derechos sociales en la Constitución, son los derechos mínimos de los trabajadores y dieron origen a las fuentes subconstitucionales
    -La Ley
    -Los contratos colectivos
    -Contratos Ley
    El artículo 123 Constitucional fracción XVI establece los Derechos colectivos Agruparse, Huelga, Autoridades laborales; por otro lado reconoce que toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil
  • creación de una autoridad jurisdiccional

    La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, autoridad jurisdiccional capaz de intervenir y asistir a las partes en conflicto, determinando soluciones.
    Fue creada por decreto del Ejecutivo Federal, Plutarco Elías Calles.
  • Ley Federal del Trabajo

    Ley Federal del Trabajo
    Se promulgó en México la primera Ley Federal del Trabajo, que marca la pauta del corpus jurídico sobre la materia. Tuvo Importantes antecedentes para su contenido fueron las leyes laborales del estado de Veracruz (1918 y 1924), y las de Yucatán (1918 y 1926). Antes de esto se dieron algunas legislaciones referentes a los accidentes de trabajo en Veracruz (1904) y en Nuevo León (1906).
  • Convenio 87 de la OIT - Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación

    Convenio 87 de la OIT  - Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación
    Este Convenio fundamental establece el derecho de los trabajadores y de los empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a las mismas sin autorización previa.
  • nueva Ley Federal del Trabajo

    nueva Ley Federal del Trabajo
    el 1 de abril de 1970, se publicó una nueva Ley Federal del Trabajo en el Diario Oficial de la Federación, sustituyendo la de 1931
  • Reformas a la Ley Federal del Trabajo

    Reformas a la Ley Federal del Trabajo
    Se reformaron, adicionaron y derogaron diversas disposiciones, considerando transformación del sistema de impartición de justicia laboral, creación de nuevas autoridades del trabajo, como juzgados laborales, Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, los centros de conciliación a nivel local, mecanismos que aseguren el ejercicio del derecho de libertad y asociación sindical, reconocimiento con transparencia en la negociación colectiva y elección de sindicatos y dirigentes.