Linea del tiempo

Antecedentes del Derecho Colectivo de Trabajo

  • John Locke

    John Locke
    conservar la propiedad mediante un estructura de un parlamento en la que no intervienen hombres sin riqueza ni tierra, ya que no poseían nada
  • Fisiócratas

    Fisiócratas
    La propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar.
    Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad es alterar la propiedad
  • La revolución Industrial

    La revolución Industrial
    El derecho del trabajo tiene unos antecedentes más generales que es conveniente examinar. El primer gran laboratorio de este proceso fue Inglaterra con la Revolución Industrial (1760) y la formación de la primera y más numerosa clase obrera.
    De este proceso surgieron los dos sujetos básicos y centrales de todo el derecho laboral: el capital y el trabajo, el empleador y el trabajador, la empresa y el sindicato.
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    Revolución Francesa

    El otro gran proceso y laboratorio fue la Revolución Francesa (1789) que completo en lo político lo que Inglaterra había hecho en lo económico. De esta revolución surgieron las libertades democráticas centrales: de reunión, de expresión, de conciencia, de asociación y la democracia parlamentaria. El movimiento obrero francés siempre fue más político que el Inglés y desde muy temprano se inclinó por el socialismo como salida alterna al capitalismo.
  • Ley de Chapelier

    Ley de Chapelier
    D´Allarde condujo a una ley que proclamó la libertad para dedicarse al trabajo que crea conveniente y suprimió los beneficios que tenían las corporaciones.
  • La Edad Heroica del Movimiento Obrero al Reconocimiento Constitucional de los Derechos Colectivos del Trabajo.

    La Edad Heroica del Movimiento Obrero al Reconocimiento Constitucional de los Derechos Colectivos del Trabajo.
    La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano e hizo de ella la ley de su vida y se fijo como objetivo la destrucción de la propiedad privada.
    Siglo XIX – se dieron tres momentos importantes.
    La edad heroica
    La era de la tolerancia
    El reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria.
  • Individualismo y liberalismo en la historia de México

    Individualismo y liberalismo en la historia de México
    La constitución de 1857; Ponciano Arriaga; en el discurso de presentación se inclinó por la doctrina de los derechos naturales del hombre.
    Art 4. consagró la libertad del trabajo.
    Art 5. dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
    Art 9. a nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier objeto lícito.
  • Conflictos Laborales en México

    Conflictos Laborales en México
    Huelgas mineras en Chihuahua que fueron destruidas con un numero alto de obreros muertos.
    Huelga de mineros en Cananea
    Conflicto textil en Puebla, que concluyó con el laudo inhumano del presidente Díaz
  • La Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo.

    La Declaración de Derechos Sociales de 1917 y el Derecho Colectivo del Trabajo.
    La ley de Agustín Millán (6 Octubre 1915) la primera que reconoció el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obreras.
    La facultad de asociarse esta reconocida como un derecho natural del hombre.
    Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelgas.
    Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
  • Ley Federal del Trabajo

    Ley Federal del Trabajo
    Art 56. nos dice que “las condiciones de trabajo en ningún caso podrán ser inferiores a las fijadas en esta ley.”
  • El Derecho Colectivo es derecho de los trabajadores y sus grupos sindicales.

    El Derecho Colectivo es derecho de los trabajadores y sus grupos sindicales.
    Estatuto de la clase trabajadora que faculta legalmente a organizarse en sindicatos para intervenir en los problemas, en la creación de nuevas formas de trabajo y conquistar mejores condiciones.
    La libertad sindical como un derecho (Art 123, fracción XVI)
    Sindicatos que dan origen a una existencia y realidad propia.
    El derecho individual es un derecho de los grupos sindicales porque su aplicación es un asunto colectivo, de donde nace el derecho de huelga.
  • Movimiento Sindical

    Movimiento Sindical
    El Movimiento Sindical o Movimiento Obrero, nació como protesta de los trabajadores por las condiciones de trabajo, salarios y su salud. Aunque en todo el siglo XX se consiguieron mejoras en todos los aspectos, tanto en el salarial, salud, tiempo de trabajo, Protagonismo Sindicalismo Internacional.