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ANTECEDENTES DEL DERECHO COLECTIVO

  • 1501

    SIGLOS XVI y XVII

    John Lucker creador de la teoría del estado de Derecho, legitimó la división entre poseedores de la tierra y riqueza- hombres sin tierra ni riqueza.
  • REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

    Fenómeno social, económico y político, generado por el desplazamiento de la mano de obra; naciendo así la burguesía y el proletariado.
  • Rabaut de Saint – Etienne

    Afirmo los derechos fundamentales del hombre: libertad, igualdad y propiedad.
  • LEY DE CHAPELIER

    D'Allarde condujo a la promulgación de esta ley, como la más clara declaración burguesa sobre la explotación del hombre, suprimiendo los beneficios que tenían las corporaciones, al declarar la libertad para trabajar en lo que así convivieran. Prohibió todas las instituciones del derecho colectivo del trabajo. La huelga se consideraba un acto delictivo, prohibió la asociación profesional y declaro ilícita la fijación de condiciones generales de trabajo.
  • SIGLO XIX

    La edad contemporánea imprimió a la lucha obrera un valor humano e hizo, haciendo de ella la ley de su vid; teniendo como objetivo la destrucción de la propiedad privada.
  • POLÍTICA Y DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO

    siendo dos las corrientes:
    EL ESPÍRITU CONSERVADOR.- Nos refiere que, la política sirve para preservar los privilegios de una minoría sobre una mayoría.
    ALIENTO REVOLUCIONARIO.- Refiere que es un procedimiento para la integración de todos los hombres en la comunidad y crear una ciudad justa.
  • REVOLUCIÓN FRANCESA

    Fue cuando los obreros lograron que la comisión de Luxemburgo aceptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical); aunque no constituían los derechos de los trabajadores.
  • RECONOCIMIENTO DE LAS INSTITUCIONES POR LA LEGISLACIÓN ORDINARIA

    Constituyó básicamente el logro de:
    La lucha del movimiento obrero
    La fuerza del movimiento socialista
    Concepción de una vida social
  • INDIVIDUALISMO Y LIBERALISMO EN MÉXICO

    En la Constitución de 1857 se vislumbraron los derechos naturales del hombre como la libertad del trabajo, el que a nadie se le obligara a prestar trabajos personales sin su consentimiento, quedo establecido el derecho de asociarse con cualquier motivo lícito.
  • HUELGA DE CANANEA, SONORA

    Destacándose como los aspectos más importantes que los trabajadores solicitaban: la determinación de una jornada de trabajo de ocho horas, un trato igualitario entre trabajadores mexicanos y extranjeros, la concesión de un salario mínimo.
  • HUELGA DE RÍO BLANCO, VERACRUZ

    fue la culminación de otros acontecimientos, entre los que destacan: la creación de una organización patronal en los estados de Puebla y Tlaxcala; la elaboración de un reglamento patronal, sumamente lesivo para los trabajadores; el sometimiento del conflicto al presidente de la República, general Díaz; la declaración de un paro patronal para evitar la solidaridad de otros trabajadores de la misma industria textil; el laudo pronunciado por el presidente de la República el 4 de enero de 1907.
  • LEY DE AGUSTÍN MILLÁN

    La primera en reconocer el estado de Veracruz la legitimidad de las asociaciones obrera, reconocido como un derecho natural del hombre. Esto como medio eficaz para obtener el mejoramiento apetecible cuando los patronos no acceden a las huelas. Los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
  • CLASE TRABAJADORA

    De 1931 a 1970 la clase trabajadora adquiere mayor relevancia, el número de trabajadores aumenta, se multiplica el número de de organizaciones sindicales, así como de convenciones de trabajo.
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO

    Conformada por 685 artículos que derogó todas las leyes y decretos expedidos anteriormente en materia laboral.
  • CONVENIO 87 DE LA OIT

    Ratifica la concepción del Derecho colectivo del trabajo como un Derecho Político, cuya misión es facilitar al trabajador los elementos necesarios para imponer las condiciones de prestación de servicios.
  • LEY FEDERAL DE TRABAJO ACTUAL

    La primera ley federal fue derogada, entrando en vigor el primero de mayo de 1970, sufriendo pocas modificaciones sustanciales a pesar de varios intentos de los legisladores.