Derecho antigua roma

Antecedentes del Derecho Civil

  • 700 BCE

    Civile

    Civile
    Significa ciudadano, tambien se utiliza pare referirse a todo aquello relacionado con la ciudadania
  • 700 BCE

    Derecho de Familia y Sucesiones

    Derecho de Familia y Sucesiones
    Regula el matrimonio, las relaciones entre progenitores y descendencia, las distintas formas de la herencia, la conformación de familias y las normas de parentesco y patria potestad.
  • 700 BCE

    Ius civile

    Ius civile
    Era el conjunto de reglas que regularon las relaciones entre todos los ciudadanos romanos, que fueron conocidos en la Antigua Roma como quirites, por lo cual el Ius Civile es conocido también como Derecho Quiritario o Derecho de los Quirites
  • 700 BCE

    Inicios del Derecho Civil

    Inicios del Derecho Civil
    Era entendido como el derecho que tenía cada pueblo para hacer valer sus reglas.
  • Period: 700 BCE to 476

    Derecho Civil Romano

    Significó el conjunto de reglas que gobernaban las relaciones jurídicas de los ciudadanos "cives", entre sí, o con las autoridades públicas y de las que estaban excluidos los extranjeros. El Derecho civil abarcaba tanto el Derecho privado como el Derecho público concerniente a los ciudadanos romanos, tal como el "jus gentium" abrazaba todas las normas relativas a los extranjeros.
  • 66

    Ius quiritio

    Ius quiritio
    Hacía referencia al ciudadano individual en contraste con la comunidad, de ahí que este término en Derecho romano significa la total ciudadanía romana. El filósofo griego Plutarco lo enlaza con “Cures”, ciudad sabina de la que era natural el rey Tito Tacio.
  • Period: 330 to Jan 1, 1453

    Derecho Civil Bizantino

    Durante y después del Renacimiento europeo las prácticas jurídicas occidentales estuvieron fuertemente influenciadas por el "Código de Justiniano" o el "Corpus iuris civilis" y el derecho romano durante la época clásica;​ la ley bizantina tuvo influencia sustancial en las tradiciones occidentales durante la Edad Media y épocas posteriores.
  • 480

    Código de Eurico

    Código de Eurico
    En sus 350 capítulos se engloban explícitamente en cada una de las ramas del Derecho. Sobre el Derecho civil se hace mención de hijos abandonados, división de la tierra entre romanos y godos, sucesión hereditaria, matrimonio y uniones ilícitas.
  • 527

    Corpus Iuris Civilis

    Corpus Iuris Civilis
    El emperador Justiniano l, ordena realizar la más importante compilación del Derecho Romano, titulado "Corpus Iuris Civilis" o el "Código de Justiniano", el cual proporcionó un modelo sofisticado para los contratos, las normas de procedimiento, el derecho de familia y los testamentos, así como un un fuerte sistema constitucional monárquico. Esta obra que reúne todas las leyes romanas de aquella época es el texto jurídico más influyente de la historia.
  • 533

    IUS

    IUS
    Juvencio Celso define en su obra “el Digesto” el término “ius” como “el arte o técnica de lo bueno y lo justo”
  • 565

    Derecho de Obligaciones y Contratos

    Derecho de Obligaciones y Contratos
    Regula los actos, hechos y negocios, sus consecuencias, efectos vinculantes y el régimen jurídico de las obligaciones a las que las personas se someten de manera voluntaria como parte de una transacción civil de algún tipo, o que adquieren a través de las acciones de su vida ciudadana.
  • Period: Dec 25, 800 to

    Derecho Civil en el Sacro Imperio Romano Germánico

    El Derecho romano y su carácter civil fue recibido por primera vez en el Sacro Imperio Romano Germánico porque se consideraba ley imperial; se considera que figuras como las relaciones jurídicas mancomunadas o la comunidad de bienes proceden directamente del Derecho germánico, dado que el Derecho romano se basaba en la idea de propiedad individual y parcialidad.
  • Jan 1, 1265

    Promulgación de las Siete Partidas

    Promulgación de las Siete Partidas
    Las Siete Partidas es un cuerpo normativo redactado en Castilla, durante el reinado de Alfonso X, con el objetivo de dar uniformidad jurídica al Reino.
  • Period: to

    Derecho Civil en la Actualidad

  • Declaración de los Derechos del Hombre

    Declaración de los Derechos del Hombre
    El 26 de agosto de 1789 la Asamblea Nacional Constituyente francesa aprobó la Declaración de los Derechos del Hombre. Este documento recoge en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos
  • El Código de Napoleón

    El Código de Napoleón
    A inicios del siglo XIX se crea la obra legislativa "El Código de Napoleón", recopilación y ordenación del derecho consuetudinario vigente en Francia hasta el siglo XVIII, que contenía ideas revolucionarias, filosofía positivista y liberal, que tenía como principios básicos del sistema el derecho privado, como la propiedad y la autonomía de la voluntad.
  • Period: to

    Derecho Civil en el México Independiente

    El Derecho civil en México se ocupa de regular los derechos y obligaciones de los individuos desde el momento de su concepción hasta su muerte. La ley dispone que por parte del Estado para conocer o intervenir en algún tema de Derecho civil, según sea el caso concreto, se encuentran las autoridades judiciales, las autoridades del Registro Civil, notarios públicos, corredores públicos, actuarios o el Registro Público de la Propiedad.
  • Código Civil de Oaxaca

    Código Civil de Oaxaca
    El Primer Código Civil, el cual fue promulgado mediante Decreto número 29, en el seno del Congreso del Estado de Oaxaca, en el año de 1826.
  • Benito Juarez

    Benito Juarez
    Inicia el mandato presidencial de Benito Juárez García, quien encargó a Justo Sierra la creación de un Código Civil y en plena guerra civil expidió la Ley Orgánica del Registro Civil, dando con ello otro paso esencial para lograr la secularización de los distintos ámbitos públicos que se encontraban en manos de la Iglesia Católica.
  • Leyes de Reforma

    Leyes de Reforma
    Ley del Matrimonio Civil. Con ella, el matrimonio religioso pierde su validez oficial. Establece el matrimonio como un contrato civil con el Estado.
  • Registro Civil

    Registro Civil
    Ley Orgánica del Registro Civil. El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se declararon los nacimientos y defunciones como un contrato civil con el Estado. Como complemento se expidió Decreto del 31 de julio de 1859 por el que se secularizaban todos los cementerios y camposantos de la República.
  • Justo Sierra

    Justo Sierra
    Justo Sierra Méndez fue el encargado de llevar a cabo un proyecto de Código Civil. Esta obra, integrada por cuatro libros, fue terminada en 1860, y se imprimió y distribuyó para recibir las opiniones por parte del foro.
  • La Comisión Redactora del Código Civil

    Abolió el sistema de legítimas e introdujo la libre testamentación, en él influyó el Código Civil español de 1851 de García Goyena, el Código Civil mexicano del doctor Justo Sierra, el Código de Cerdeña, el Código de Austria, el de Holanda y el de Portugal.
  • Porfirio Díaz

    Porfirio Díaz
    Con Porfirio Díaz se dictaron las leyes relativas a la colonización y las compañías deslindadoras para regular y transmitir la propiedad por el Estado a los extranjeros y a los nacionales.
  • Código Civil de 1884

    Código Civil de 1884
    Contiene ideas de positivismo filosófico, el individualismo político y el liberalismo económico, sirvió de modelo a otros estados, acoge el concepto romano de propiedad como el derecho de gozar el dominio de la superficie como del subsuelo, concibe el contrato como expresión de la libertad contractual, adopta la libertad de testar y se integra en los derechos del individuo las instituciones de familia, el matrimonio, la adopción, la patria potestad, los regímenes matrimoniales, etc.
  • Congreso Jurídico Nacional

    El Lic. Agustín Verdugo busca la unificación de la legislación civil, en especial la del Derecho Privado, por medio de un concurso.
  • Manifiesto del Partido Liberal Mexicano

    Manifiesto del Partido Liberal Mexicano
    Contenía un programa de reformas sociales con el propósito de un cambio en la estructura constitucional y en el orden jurídico nacional, tanto en el derecho público como en el privado.
  • Ley de Relaciones Familiares

    Venustiano Carranza reformó el Código Civil del Distrito y Territorios federales, en el cual se promulgó la Ley de Relaciones Familiares, siendo la primera reforma legislativa en materia civil en la cual establece la posibilidad legal de disolver el vínculo matrimonial por medio del divorcio vincular, pero conservando la organización de la familia tradicional y la potestad marital del hombre hacia la mujer.
  • La Constitución de 1917

    En su artículo 27 en materia civil, destacan el principio romano de dominio absoluto a favor del propietario. En el 123 mantiene el principio de igualdad de las partes entre patrón y trabajadores en materia laboral, las normas que regían las relaciones obrero patronales se someterían a un régimen jurídico especial (derecho laboral) sustrayéndolo del campo del derecho civil. Se introdujo el concepto de responsabilidad objetiva, la obligación de reparar los daños causados en el trabajo.
  • Código Civil de 1928

    Promulgado por Plutarco Elías Calles, se denomina código privado social, en él establece un justo equilibrio entre el interés del grupo social y el interés de los particulares, generando normas jurídicas como principios generales del derecho civil, coloca a la mujer y al hombre en igualdad jurídica, se reconocen efectos al concubinato, etc., tiene su aplicación en el Distrito Federal en materia común y en todo el territorio de La República en materia federal.
  • Nuevo Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles

    Entra en vigor el nuevo Código Civil y el Código de Procedimientos Civiles, las reformas más importantes fueron la igualdad entre los sexos en la participación de la vida económica y social, se introduce el concepto de "abuso del derecho", se armoniza la propiedad privada del interés del dueño y del interés público con sus respectivas limitaciones.
  • Reducción de mayoría de edad

    Se reforma el artículo 646 del Código Civil que establece la mayoría de edad a los 18 años cumplidos, antes de dicha reforma, la mayoría de edad se alcanzaba a los 21 años, también se reformó el artículo 641 para suprimir la emancipación a petición de quienes ejercen la patria potestad a solicitud del menor.
  • Tribunales especializados en problemas de familia

    Se reformaron artículos del Código Civil y de Procedimientos Civiles para crear jueces de lo familiar que conocían lo relativo al estado, la capacidad de las personas y de cuestiones familiares, el procedimiento de divorcio, reconocimiento de hijos, tutela y se segregó la competencia de los jueces de lo civil de las cuestiones familiares, creando tribunales especializados en problemas de familia.