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Antecedentes del Derecho Civil

  • 753 BCE

    Ius civile

    Ius civile
    También conocido como Derecho Quiritario.
    Fue el conjunto de leyes comunes que se les aplicaba a los ciudadanos en la Atigua Roma.
  • 753 BCE

    Ius quiritio

    Fue el derecho propio de toda la comunidad Romana
  • 700 BCE

    Esparta

    Las leyes del licurgo, también regularon ciertos aspectos de la vida de los particulares.
    Se puede encontrar normas relativas a la posesión de la tierra, organizada comunalmente y con fines igualitarios.
    En la familia, las mujeres eran las encargadas de crear hombres viriles y aptos para la guerra.
  • 699 BCE

    Licurgo y La gran Retra

    Licurgo y La gran Retra
    Legislador de la antigua Esparta, estableció la orientación militar, transformado a la sociedad Espartana.
    Se le atribuye la creación de la constitución Esparta o también conocida como "La gran Retra", tomó gran importancia a finales del siglo VII y durante el siglo VI.
    Se compone de cuatro elementos característicos:
    A) Una Monarquía dual.
    B) Un consejo llamado Genisia.
    C) Una asamblea popular electiva llamada Apella.
    D) Cinco magistrados, llamados Éforos, en ellos residía el mando del Estado.
  • 594 BCE

    Atenas

    Los atenienses eligieron a Solón como arconte reconciliador para reformar la constitución, creo la primera ley sobre testamento que abolía parte del antiguo sistema patriarcal y dictó normas de derecho familiar relativas al matrimonio, a la situación jurídica de las mujeres y a la educación de los hijos.
  • 593 BCE

    Solón y la constitución Ateniense

    Solón y la constitución Ateniense
    Fue un poeta, reformador político y legislador Ateniense, considerado uno de los Siete Sabios de Grecia.
    Los conflictos sociales que agitaron Grecia llevaron a Solón a reformar la constitución y sus leyes.
    En la nueva Constitución, la participación del individuo en la política dependía de su renta, excluyendo a los esclavos, las mujeres y los extranjeros.
    Permitió que cualquier ciudadano varón, sin ser la víctima, pudiera presentar una acusación si consideraba que se había cometido un delito.
  • 452 BCE

    Las XII Tablas

    Las XII Tablas
    Aquí es donde surge el Derecho Civil, los Romanos se basan en las leyes Griegas para poder crearlo.
    A pesar de haberse basado en las leyes Griegas, las doce tablas no son una copia de estas, ya que contiene una gran influencia Romana.
    Su aprobación significó para los plebeyos una doble ventaja, en primer lugar lograron que el derecho fuera de conocimiento público y en segundo lugar consiguieron que el derecho sea común, pues sus reglas se aplicaron tanto a patricios como a plebeyos.
  • 476

    Edad Medía

    Comienza con la caída del imperio Romano de Occidente.
    El Derecho romano seguía sobreviviendo en la práctica de los pueblos dominados y con gran influencia en las leyes de los pueblos invasores.
    Durante muchos años no había más Derecho que la costumbre, el fuero, los estatutos de las ciudades e incluso el estatuto de las corporaciones y gremios.
  • 527

    Justiniano

    Justiniano
    Fue quizá el gobernante más destacado del Imperio Bizantino.
    Su tiempo en el trono estuvo marcado por una serie de decisiones que trajeron consigo la etapa de mayor esplendor en la historia de Bizancio.
    Creó un sistema de recopilación de las constituciones Romanas y así logró que el sistema jurídico prevaleciera.
  • 529

    Compilaciones de Justiniano

    Compilaciones de Justiniano
    También conocido como Corpus iuris civilis, es la compilación legislativa llevada acabo por el emperador Justiniano I
    Sin esta codificación, el sistema jurídico Romano se habría perdido para la Europa medieval y por lo tanto, para el mundo entero.
    El texto se redactó con el fin de determinar las leyes y decisiones de los jueces y tribunales.
    Contiene leyes sobre las acciones de protección judicial de la propiedad, obligaciones, familia, herencia, legado, fideicomisos y demás derechos romanos.
  • 1234

    Derecho canónico

    El Derecho Canónico adquiere una importancia relevante.
    Es un Derecho que no se limitaba a regular el fuero interno de los fieles sino que también se extendía a aspectos de su vida ordinaria, y sus principios espiritualistas.
    Fundó el matrimonio sobre la base de la igualdad, hizo de el una asociación de tan estrechos lazos que los cónyuges funden sus vidas en una superior unidad.
    También incluyó a la familia como algo importante y escencial.
    Los bienes también formaron parte de este derecho.
  • 1323

    Santo Tomás de Aquino

    Santo Tomás de Aquino
    Las normas del derecho civil parece ser el sentido focal de las determinaciones en el pensamiento de Santo Tomás, aunque el Derecho Natural del hombre también fue un punto de enfoque en su ideología.
    Creía que la primera comunidad con la que se encuentra el hombre al nacer es la familia, derivada de la conservación de la especie.
    El hombre lo hace a través de la figura o contrato del matrimonio, pues la naturaleza y la razón lo han establecido para la digna procreación humana.
  • 1453

    Edad Moderna

    En la Edad Moderna, el Estado se convierte en el Estado absoluto que tiende a que su Derecho nacional sea el exclusivo o predominante.
    El Derecho Civil se independiza del Derecho Romano, cada estado elige si derecho y los conceptos de Derecho nacional y privado se hacen presentes.
  • 1476

    Isabel I de Castilla

    Isabel I de Castilla
    Para consolidar y prestigiar la monarquía, la reina implantó la Santa Hermandad, institución encargada de garantizar la estabilidad del orden público y la administración de justicia, abolió las prerrogativas otorgadas a la nobleza por Enrique IV y convirtió el Consejo Real en el principal órgano de gobierno del reino, en detrimento de las Cortes.
    En el aspecto económico,saneó la hacienda pública a un estricto sistema fiscal. Además, supo canalizar la tradición militar y expansiva.
  • 1505

    Leyes de Toro

    Uno de sus objetivos primordiales fue regular y garantizar los privilegios de la nobleza y de la iglesia.
    Trataba distintos aspectos del derecho moderno, colocando los pilares para resolver disputas sucesorias o herencias. También abordaba la legislación matrimonial, sin olvidar el derecho penal y procesal, aunque su aplicación fue principalmente en el ámbito civil.
  • 1521

    Hernán Cortés

    Hernán Cortés
    Lideró el proyecto de expedición que inició la conquista de México y con ello, la caída del imperio azteca.
    A partir de este suceso se creo la Nueva España.
    Con la invasión de los españoles, se trajo grandes aportaciones al Derecho.
  • 1523

    Leyes de indias

    Las Leyes de Indias constituyen una recopilación de las distintas normas legales vigentes en los reinos de Indias, realizada durante el reinado de Carlos II.
    Fueron un conjunto de legislaciones promulgadas por la corona española para regular y normalizar la vida social, política y económica de los nacientes imperios españoles.
  • Federico el grande y su código

    Federico el grande y su código
    A Federico el Grande se le conoce por modernizar la burocracia, el servicio civil y el sistema judicial prusianos.
    Abolió la tortura y eliminó gran parte de la censura, fomentó la inmigración y la instalación de colonos, especialmente de campesinos, en las regiones devastadas por la guerra, también mejoró las condiciones de vida de los campesinos en general.
  • Codigo Napoleónico

    Este Código Civil es de gran importancia para el resto de los códigos civiles del mundo occidental. Fue el código que oficializó y consolidó muchas de las leyes que nacieron tras la Revolución Francesa de 1789.
    Agrupó las reglas propias del Comercio Marítimo y el Terrestre en un solo cuerpo legal.
    Este código dividía la ley en tres apartados principales: personas, objetos y acciones.
  • Sentimientos de la Nación

    Sentimientos de la Nación
    El 14 de septiembre de 1813, José María Morelos y Pavón promulga Los Sentimientos de la Nación.
    Sus ideas estaban influenciadas directamente por los ideales emanados de la Revolución Francesa.
    Se destacan artículos de la rama civil, como principio tenia a la libertad, igualdad de personas, abolición de la esclavitud y el libre manejo de la propiedad privada.
  • Código de Oaxaca

    Código de Oaxaca
    El código de Oaxaca, declarado como el primero en México, creado dentro del sistema federal.
    El código de Oaxaca tiene como principal influencia el código Napoleónico, en este se sientan las bases para regular los derechos de las personas sobre la propiedad y en su segundo libro abarca los temas sobre bienes y propiedades.
  • Leyes de reforma

    Se añaden a la constitución de 1857 leyes como: Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos, Ley del Matrimonio Civil y la Ley de creación del Registro Civil.
    Las leyes de reforma al separar a la iglesia del estado, al establecer el matrimonio como un contrato civil y al denegar la adquisición de bienes inmuebles a la iglesia, le dieron una transformación social, económica y política a México.
  • Venustiano Carranza

    Venustiano Carranza
    Político mexicano que lideró la etapa constitucionalista de la Revolución. Venustiano Carranza logró aunar las voluntades de los distintos caudillos revolucionarios frente a la dictadura contrarrevolucionaria del general Victoriano Huerta.
    En 1916, convocó un Congreso Constituyente para reformar la Constitución de 1857.
    Promulga la Constitución de 1917 el 5 de febrero y entra en vigor el siguiente 1 de mayo.
    Carranza, entonces, tomó posesión como presidente constitucional de México.
  • Ley de divorcio

    Venustiano Carranza legisló provisionalmente la Ley del divorcio, una de sus leyes más progresistas que ponía fin a la idea del matrimonio definitivo y tenía como finalidad emancipar a la mujer de la condición de esclavitud por parte del cónyuge.
  • Ley de Relaciones Familiares

    Venustiano Carranza también legisla la Ley de Relaciones familiares , donde señala que su propósito es adoptar las instituciones de la familia a la realidad social de la época. Dentro de este ordenamiento se destacan temas como el divorcio, la emancipación, el reconocimiento de los hijos, la patria potestad y la tutela.
  • Código Civil Federal

    Código Civil Federal
    Promulgado en 1828, pero entra en vigor cuatro años después el 1 de octubre de 1932 según el decreto del presidente Pascual Ortiz Rubio.
    En el se estableció la igualdad de capacidad jurídica del hombre y la mujer, consagrar la doctrina del abuso del derecho en materia de propiedad, igualdad de autoridad y consideraciones en el hogar para el hombre y la mujer, entre otros.
  • Reformas al Código Civil de México.

    A partir de esta reforma, surgen los tribunales especiales para desempeñar las funciones sobre los problemas familiares.
  • Código civil para el Distrito Federal

    Código civil para el Distrito Federal
    El 1 de junio del 200 entra en vigor, se reforma y añaden distintas disposiciones del Código Civil en materia de lo común y para toda la República.