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Leyes de Indias (creadas especialmente para colonias americanas)
Supletoriamente Leyes de Castilla -
Creación del Consulado de Bs. As.
Incorporación de las normas de las Ordenanzas de Bilbao de 1737 que regulaban el comercio terrestre y marítimo -
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Creación de la matricula para comerciantes Nacionales
Creación sobre las consignaciones y nombramientos de contadores peritos en los litigios comerciales -
Creación de la bolsa mercantil.
Dictado de la Ley reglamentaria de corredores y martilleros -
Se instala la bolsa mercantil ya creada en 1822
Dictado de tres decretos (Rivadavia):
sobre actos de comercios
sobre causas de comercio
alzada de comercio -
Decreto que suprime los concursos de acreedores (Rosas)
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El estado de Buenos Aires segregado de la Confederación pide a Eduardo Acevedo la preparación del proyecto de Código de Comercio
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Se presenta al Ejecutivo el proyecto de Acevedo, en colaboración con Dalmasio Velez Sarsfield
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Se aprueba el proyecto de Código de Comercio
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El Código de Comercio comienza a regir en la provincia de Buenos Aires
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Se sanciona para toda la confederación, luego de reintegrarse el estado de Buenos Aires
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Se valoran los usos y costumbres como fuentes de derecho
Se suprime el requisito de la inscripción en la matricula para adquirir la calidad de comerciante
Cambios en la reglamentación sobre corredores, empresas de transportes, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, derecho marítimo y quiebras
Se ajustaron los contratos de mutuo, depósito y prenda, quitando lo que se consideraba civil -
Sanción de la Ley 24.452 que incorporaba un nuevo regimen para los cheques
Sanción de la Ley 24.522 que incorporaba un nuevo regimen sobre concursos y quiebras -
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Sanción de Ley Nº 17.418 que incorporaba un nuevo regimen
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Sanción de la Ley 19.550 que incorporaba un nuevo regimen sobre sociedades
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Sanción de la Ley 20.094 que incorporaba un nuevo regimen para la navegación
Sanción de la Ley 20.266 que incorporaba un nuevo regimen para martilleros -
Sanción de la Ley 26.579 que modifica la edad para adquirir la mayoría de edad, de 21 pasa a ser 18 años.
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Por Ley 26.994 se deroga el Código de Comercio vigente desde 1862 y se sanciona el Código Civil y Comercial para todo el país y reforma la Ley de Sociedades. Considera a las “personas” en forma unificada y las clasifica como “personas humanas” o como “personas jurídicas”, sin diferenciar entre sujetos “comerciales” y “civiles”.
Desaparece la diferencia entre contratos civiles y comerciales. En materia de sociedades no existe más la sociedad civil ni tampoco la sociedad comercial.