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Entra en vigor primer ley y organismo para Protección de Datos en Suecia -
Primer ley en Estados Unidos de Protección de Datos. -
Publicación de leyes referentes a Protección de Datos en estos países.
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Primeras pautas sobre protección de privacidad y límites de transferencia de datos personales, forman el primer instrumento supranacional que analiza el derecho a la protección de estos datos. -
Se aprueba el convenio para protección de datos de cáracter personal para fomentar el cuidado de la información privada del sujeto. -
Brsail se convierte en el primer país latinoamericano en promulgar una ley de Protección de Datos. -
Argentina aprueba la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en dónde se recalca la protección de datos como un derecho fundamental del individuo. -
México se une a los demás países latinoamericanos con dicha ley entrando en vigor. -
A la vez que México promulga la Ley de Transparencia, crea una institución que se encarga de supervisarla. -
La información que se refiere a la vida privada y a los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes... -
El congreso tiene facultad para legislar en materia de protección de datos personales en posesión de los particulares. -
El dictamen es aprobado por unanimidad.
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El senado turna a las Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y Estudios Legislativos para efectos constitucionales conducentes.
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Se presenta ante el Pleno de la Cámara de Senadores en el que se añade un parrafo al artículo 16 constitucional que reconoce el derecho a protección de datos personales de manera autónoma y fundamental. -
La iniciativa se turna a las Comisiones de Puntos Contitucionales y de Estudios Legislativos, la cual fue aprobada teniendo a favor 97 votos, 0 en contra y 1 abstención, pasando la minuta a la Cámara de Diputados para efectos conducentes.
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La fecha turnada fue el 09 de diciembre pero no fue hasta el 11 de diciembre que se le dio lectura, se debatió y aprobó con 340 cotos a favor, 0 en contra y 0 abstinencias, sin modificación alguna.
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La cámara de Senadores efectúa un escrutinio de votos de las legislaturas de los Estados y emite la aprobación del proyecto de decreto, el cual se publicaría más tarde. -
Se pública la reforma correspondiente en el Diario Oficial de la Federación. -
Se produce la transformación de un organismo público separado de la Administracón Pública Federal con autonomía operativa del Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos para la publicación del decreto expedido por la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares (LFPDPPP).
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