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Creador de la Teoria del Estado de Derecho Individualista y Liberal (Burgués).
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La Propiedad Privada principio fundamental de la vida social, economica y politica de los siglos XVll y XVlll.
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La lucha de clases es una teoría que explica la existencia de conflictos sociales como el resultado de una pelea central o antagonismo inherente a toda sociedad políticamente organizada entre los intereses de diferentes sectores o clases sociales.
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Justifica la Propiedad
"La Propiedad no es otra cosa que el derecho de gozar... Atacar la propiedad es atacar la libertad y alterar la libertad, es alterar la propiedad.." -
Rabaut de Saint - Etienne afirmó que los derechos funfamentales de cada hombre eran:
La Libertad
La Igualdad
La Propiedad -
La Asamblea Nacional de Francia ratificó las ideas de Locke y de los Fisiocratas, en el debate de la Declaración de los DErechois del Hombre, sesión de 21 de Julio de 1789.
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En junio de 1791 la Ley de Chapelier confirmó la desaparición de los gremios del sistema corporativista; el artículo 2º prohibía la asociación profesional, en tanto que el artículo 4º prohibía las coaliciones de trabajadores para buscar aumento de salarios.
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Se considera como a Edad Heroica del Movimiento Obrero al Reconocimiento Constitucional de los Derechos Colectivos del Trabajo esta época se distingue principalmente por tres etapas, la edad heroica, la era de la tolerancia y el reconocimiento de las instituciones por la legislación ordinaria.
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Fue en la Revolución de 1848, que los obreros lograron que la Comisión de Lexemburgo acaeptara la libertad de coalición (huelga y asociación sindical).
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Art. 4. Consagró la libertad del Trabajo.
Art. 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
Art. 9 A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacificamente con cualquier objeto lícito. -
Nadie pensó en la defensa de los derechos del trabajo, hasta que explotó la revolución de 1910 y trascurriera el siglo XlX.
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La Ley de Agustin Millan fue la primera que reconoció, en el Estado de Veracruz, la legitimidad de las asociasiones obreras.
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