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Primera etapa 1821, bases de la organización, se establecen cuatro ministerios: Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de hacienda Pública, de Marina y de Guerra.
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El Supremo Poder Ejecutivo nombró un solo ministro, José Ignacio García Illueca, para despachar interinamente los asuntos de las cuatro secretarías de Estado durante los primeros días.
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La segunda etapa de la administración pública mexicana desarrollada ya como régimen constitucional dio comienzo el 18 de septiembre de 1857 al entrar en vigor la Constitución promulgada en ese mismo año, que restableció la forma federal del Estado mexi-cano, con gobierno republicano, con soberanía popular y democracia representativa.
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La Constitución de Apatzingán de 1814, estructuró la administración pública durante poco más de un siglo sólo mediante secretarías de Estado a las que la Constitución de 1917 agregó los departamentos administrativos y el Consejo de Salubridad General.
Posteriormente, el Constituyente permanente incorporó la administración paraestatal, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los órganos reguladores de coordinación en materia energé-tica, y suprimió los departamentos administrativos. -
Bajo la presidencia del GRAL: Lázaro Cárdenas se crea la Ley de Secretarías de Estado con un cuerpo de ocho Secretarías y siete Departamentos.
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Las necesidades que el Poder Ejecutivo ha ido teniendo a lo largo de la historia nos permite observar que centrando cada ley o decreto en su tiempo consituye el desarrollo jurídico de la Administración Pública Federal hasta la última Ley del 23 de diciembre de 1958.