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  Primera etapa:
 Se establecen cuatro ministerios( antes así llamados): Secretaria de Relaciones Exteriores e Interiores,de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Publica, Marina y Guerra
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  En el articulo 117 se establece que habrá cierto numero de secretarios y una ley para los negocios del gobierno
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  Se faculto al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
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  Creo secretarias y departamentos, siendo el encargado del poder ejecutivo federal. Expidió la Ley de Secretarias de Estado, los encargados del poder ejecutivo tuvieron la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarias
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  Con el fin de adaptarse y satisfacer necesidades políticas, sociales y económicas. Se expidió la ultima ley, el proyecto de tal , fue la Ley Orgánica de la Administración Publica Federal
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  Tiene un ordenamiento jurídico, mismos que limita acciones. En dicha Ley se establecen las bases de organización de la Administración Publica Federal que son dos centralizada y paraestatal.
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  Se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas
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  Parte de las reformas el 15 de mayo de 1996 se creo la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; esta dependencia principalmente se encarga de los siguientes asuntos:
 -Apoyo técnico jurídico al Presidente de la República en todos aquellos asuntos que este se le encomiende
 -Dar opinión al Presidente de la República sobre proyectos a celebrar con otros países
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  La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su Título Primero, Capítulo único, artículo 1°: La Oficina de la Presidencia de la República, las Secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y los Órganos Reguladores Coordinados integran
 la Administración Pública Centralizada. Los organismos descentralizados, las empresas de participación
 estatal, las instituciones nacionales de crédito, la administración pública paraestatal
