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Se establecen cuatro ministerios (antes así llamados): Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores, de Justicia y Negocios Eclesiásticos, de Hacienda Pública, de Marina y, de Guerra.
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Establece que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, artículo 117.
Artículo 118. “Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, deberán ir firmados por el secretario de despacho del ramo a que el asunto corresponda, según reglamento; y sin este requisito no serán obedecidos”.
Artículo 121. “Para ser secretario del despacho se requiere ser ciudadano mexicano por nacimiento”. -
Art. 28. Para despachar de los asuntos de gobierno, habrá cuatro Ministros; de lo Interior, de Relaciones exteriores, de Hacienda y, de Guerra y Marina.
Art. 32. Cada Ministro será responsable de la falta de cumplimiento a las leyes por su Ministerio, y de los actos del Presidente, que autorice con su firma y sean contrarios a las leyes, singularmente las constitucionales.
Art. 33. El Gobierno formará un reglamento para mejor despacho de sus Secretarías, y lo pasará al Congreso para aprobación. -
Articulo 93. El despacho de los negocios del Gobierno estará a cargo de cuatro ministros: relaciones exteriores, gobernación y policía; de justicia, negocios eclesiásticos, instrucción pública
e industria; de hacienda, y de guerra y marina.
Articulo 94. Establece los requisitos para poder ser ministro.
Articulo 100. Los ministros serán responsables de los actos del Presidente que autoricen con sus firmas contra la Constitución y las leyes. -
Art. 86. Para el despacho de los negocios administrativos de la federación, habrá el número de secretarios que establezca el Congreso por una ley que distribuirá los negocios que han de estar a cargo de cada secretaría.
Art. 87. Establece los requisitos para ser secretario del despacho.
Art. 88. Todos los reglamentos, decretos y órdenes del Presidente, deberán ir firmados por el Secretario del despacho encargado del ramo a que el asunto corresponde. Sin este requisito no serán obedecidos. -
Expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado. De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
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Han sido varios los cambios y ajuste de nombres de las secretarías, así como las funciones de cada una de ellas, es decir, que, a la llegada de cada presidente, reformaban o cambiaban algunos párrafos de la ley, en aras de conseguir una administración más eficiente; por ejemplo, el General Manuel Ávila Camacho, elevó a categoría el Departamento de Marina y Departamento de Trabajo a Secretarías, quedando el último como Secretaria del Trabajo y Previsión Social.
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Se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, que vino a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
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Adiciona el necesario refrendo ministerial en los acuerdos del Presidente y amplía la obligación de los secretarios, a los Jefes de Departamento Administrativo.
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Precisa que la Administración Pública Federal será centralizada y paraestatal; adiciona en la centralización a los Departamentos Administrativos y dispone que la ley reglamentaria definirá las
bases generales de creación de las entidades paraestatales, el Ejecutivo Federal y las Secretarías de Estado y Departamentos Administrativos. -
Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal, que se encarga de apoyar al presidente en los siguientes asuntos:
Dar apoyo técnico jurídico, opinión sobre los proyectos de tratados a celebrar con otros países y organismos internacionales.
Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales y demás instrumentos de carácter jurídico.
Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal.