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Actualidad Guatemalteca

  • Estado de Sitio en 22 municipios de nororiente

    Estado de Sitio en 22 municipios de nororiente
    Nombre de municipios se encuentran en la fotografía.
    Razón: Jimmy Morales lo aplica por la muerte violenta de 3 infantes de Marina en el Estor. El artículo 16 de la Ley le da poder al Gobierno de decretar el estado de Sitio si hay actividades terroristas o de rebelión de índole grave que pongan en peligro el orden constitucional o la seguridad del Estado.
    Medidas: Restringe el derecho de acción, locomoción, reunión, manifestación y portación de armas. Permite detenciones e interrogatorios.
  • Termina Estado de Sitio

    Termina Estado de Sitio
    Lugar: 22 municipios anteriormente mencionados.
    Resultados: Se capturan a 973 personas. Ninguna de estas capturas se encuentran relacionadas al tema del narcotráfico o a las muertes de los tres soldados que dio pie al establecimiento del estado de Sitio.
    Decomiso de 15 mil kilos de cocaína, 332 kilos de anfetaminas y 75 toneles de precursores químicos
  • Primer Estado de Prevención

    Primer Estado de Prevención
    Mixco y San Juan Sacatepéquez
    Razón: Detener actos delictivos que se reportan en dichos municipios.
    Medidas: Limitar la celebración de reuniones al aire libre, disolver por fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevará a cabo sin debida autorización, limitar el derecho a portación de armas, entre otros.
    Extras: La operación se denomina "Recuperación y control 1" y se extenderá a todo el país.
    DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 1-2020
  • Segundo Estado de Prevención

    Segundo Estado de Prevención
    Villa Nueva
    Razón: Detener actos delictivos que se reportan en dichos municipios. Instar a la población a denunciar delincuentes de forma anónima.
    Medidas: Limitar la celebración de reuniones al aire libre, disolver por fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevará a cabo sin debida autorización, limitar el derecho a portación de armas, entre otros.
    DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 2-2020
  • Tercer Estado de Prevención

    Tercer Estado de Prevención
    El Tejar, San Andrés Itzapa, y la cabecera de Chimaltenango.
    Razón: Detener la sensación de inseguridad causada por los delitos.
    Medidas: Limitar la celebración de reuniones al aire libre, disolver por fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevará a cabo sin debida autorización, limitar el derecho a portación de armas, entre otros.
    Extras: Los extorsionistas de Villa Nueva y San Juan Sacatepéquez se refugiaron en dicho departamento.
    DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 3-2020
  • Cuarto Estado de Prevención

    Cuarto Estado de Prevención
    Nueva Concepción, Santa Lucía Cotzumalguapa, Tiquisate, Puerto San José, Palín y la cabecera de Escuintla.
    Razón: Detener la sensación de inseguridad causada por los delitos.
    Medidas: Limitar la celebración de reuniones al aire libre, disolver por fuerza toda reunión, grupo o manifestación pública que se llevará a cabo sin debida autorización, limitar el derecho a portación de armas, entre otros.
    Extra: Se capturó a más 21 personas solo en las primeras horas.
    DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 4-2020
  • Estado de Calamidad Público

    Estado de Calamidad Público
    Lugar: Incluye toda Guatemala.
    Razón: La extensión de la pandemia COVID-19 pone en riesgo a la población y se necesita que el ejecutivo tome medidas.

    Medidas: Centralizar servicios públicos, estatales y privados si se necesita. Limitar la libre locomoción. Prohibición de espectáculos y reuniones.Establecer precios máximos o mínimos para artículos. Evacuación de los habitantes de las regiones afectadas o que estén en peligro. Resguardo de fronteras.
    DECRETO GUBERNATIVO 5-2020
  • Toque de Queda

    Toque de Queda
    Lugar: Incluye toda Guatemala.
    Razón: Contener el contagio que la pandemia COVID-19 le pueda ocasionar a la familia guatemalteca.
    Horario: 16:00 hrs a 4:00 hrs hasta el 30 de marzo.
    Medidas: Arrestos de 15-30 días o multas si se incumple la ley. Solo pueden circular motoristas de farmacias, comida rápida, camiones que transportes alimentos y combustible.
    ACUERDO GUBERNATIVO 6-2020
  • Ampliación de Estado de Calamidad

    Ampliación de Estado de Calamidad
    Con índole de urgencia nacional, el Congreso aprueba con 129 a favor y 5 en contra la decisión de prolongar el Estado de Calamidad por 30 días más en todo el país. Esto queda ratificado en el DECRETO GUBERNATIVO 6 Y 7 - 2020. Además, con 133 votos se ratificó que el organismo Ejecutivo debe renegociar la deuda (Q3,200 millones) con organismos internacionales para que el monto sea utilizado en la emergencia sanitaria.