Actividad N°8 - Transferencia de Fondo de Comercio- Ciupidro Maria Celeste - 27.860.499

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    Articulo 2

    Publicación legal: se publica por 5 días hábiles y debe
    contener:
    - Clase y ubicación del negocio
    - Nombre y domicilio del comprador y del vendedor
    - Nombre y domicilio del rematador y del escribano (si interviniesen)
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    Articulo 3

    Nota: el vendedor entrega una nota firmada donde figuran la/s deuda/s y nombre de los acreedores.
  • 4

    Articulo 4

    Oposiciones: El contrato de venta puede firmarse hasta diez días posteriores al ultimo día de publicación. Durante ese plazo los acreedores pueden oponerse y solicitar la retención y el depósito del importe de sus créditos.
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    Articulo 5

    Embargo: el acreedor que se hubiese opuesto, tendrá un plazo de 20 días para trabar el embargo judicial. El depósito debe permanecer 20 días para que los presuntos acreedores obtengan su embargo judicial.
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    Articulo 6

    Celebración: Transcurridos los plazos, se puede celebrar la venta e inscribirse en el registro Publico dentro de un plazo de 10 días.