ACTIVIDAD 5 - LO INTERCULTURAL EN LA HISTORIA. Jader Avila, Luis Contreras y Xiomara Mejia
By jaderavila
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El CRIC desde su nacimiento en 1971, ubicó en su plataforma política el referente programático de “Formar profesores bilingües para educar de acuerdo con la situación de los indígenas y en sus respectivas lenguas” (7º. Punto del Programa CRIC). -
A partir de la Ley 20, la educación escolarizada para los grupos étnicos en Colombia pasó a estar en manos de la Iglesia, bajo la modalidad de contrato y con la misión de evangelizar, con el poder de administrar y dirigir las escuelas. También tenían la facultad para crear, trasladar escuelas y nombrar docentes. Dentro de sus creencias estaba la concepción de la superioridad de la raza blanca y sus costumbres y la misión de civilizar e integrar a la cultura nacional a las minorías étnicas. -
La historia de una educación diferenciada en Colombia se da en 1976, cuando el Ministerio de Educación Nacional a través del Decreto 088, manifiesta por primera vez su preocupación por generar respeto hacia las culturas autóctonas y busca reestructurar el sistema educativo con el propósito de darles a los indígenas la oportunidad de tener una educación propia y de elaborar sus propios currículos. -
La educación para las comunidades indígenas debe estar ligada al proceso productivo y a toda la vida social y cultural, debe tener proporciones y elementos teóricos y prácticos acordes con su propia estructura y desarrollo socio – económico. Las comunidades indígenas tienen estructuras políticas y socio – económicas autóctonas, que es necesario comprender, valorar y difundir a través del proceso educativo. -
En las zonas rurales de difícil acceso y poblaciones apartadas o para educación especial, podrá nombrarse para ejercer la docencia, personas que acrediten título de bachiller en cualquier modalidad, siempre y cuando no exista personal titulado o en formación que esté en capacidad de prestar el servicio requerido. Para las comunidades indígenas podrá nombrarse personal bilingüe que no reúna los requisitos académicos antes previstos. -
Se crea el Grupo de Etnoeducación dentro del Ministerio de Educación Nacional, con el fin de impulsar programas etnoeducativos en comunidades indígenas. Una vez constituido el grupo se llevan a cabo encuentros en diferentes regiones con el objeto de sensibilizar tanto a las comunidades indígenas como a las instituciones educativas en la necesidad de un cambio educativo. -
Con esta nueva Constitución Política se genera un cambio radical materializándose la propuesta de la etnoeducación. En 1991, se promulga en Colombia la Constitución Nacional y se ratifica el Convenio 169 de la OIT. -
Esta ley tiene como propósito establecer mecanismos para la protección de la identidad cultural y de los derechos económicos, sociales y políticos de las comunidades negras de Colombia como grupo étnico, con el fin de garantizar que esas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana. -
En Colombia, la Ley 115 de 1994 en su Artículo 56 habla sobre principios para la educación en los grupos étnicos. A través de la Dirección de Poblaciones y Proyectos Intersectoriales del Ministerio de Educación Nacional, el programa de Etnoeducación debe velar por el cumplimiento de las leyes decretos y reglamentos que rigen la educación educativa de las poblaciones en condiciones de vulnerabilidad, y así se reconozca la diversidad étnica, cultural, social y personal. -
Reglamenta la atención de grupos étnicos. La educación para grupos étnicos hace parte del servicio público educativo y se sustenta en un compromiso de elaboración colectiva, donde los distintos miembros de la comunidad en general intercambian saberes y vivencias con miras a mantener, recrear y desarrollar un proyecto global de vida de acuerdo con su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus fueros propios y autóctonos. -
En Colombia el Decreto 1122 de 1998, reglamenta la implementación de la Catedra de Estudios Afrocolombianos (CEA), con carácter obligatorio para todos los planteles educativos y privados a nivel básico y básico universitario. -
Aprueba que las regiones del país donde se cuenta con una identidad lingüística propia, dichos territorios deben ser reconocidos como oficiales, y se desarrollen los fines del Estado - proteger la riqueza cultural - cuando se exige al maestro que no ignore el uso de la lengua local. Ello no le impide establecer autónomamente los contenidos de su cátedra. Por el contrario, garantiza que su misión educadora sea eficaz y cumpla su propósito. -
Elaborar políticas y estrategias de preservación y realce del patrimonio natural y cultural, en particular del patrimonio oral e inmaterial. Respetar y proteger los sistemas de conocimiento tradicionales, especialmente los de los pueblos indígenas. -
La Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas, tiene como objeto la formulación seguimiento y evaluación de las políticas públicas educativas, de manera concertada y basada en las necesidades educativas de los mismos, articulada a la construcción de la política pública integral de Estado para los Pueblos Indígenas. -
la cual fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, el 13 de diciembre de 2006 y que busca los derechos de las personas con discapacidad bajo un clima de respeto e integridad. Así lo describe Parra- Dussan, cuando declara: “La convención busca disminuir las profundas desventajas sociales de las personas con discapacidad y promover su participación en igualdad de oportunidades, en los ámbitos: civil, político, económico, social y cultural” (2010, p.350). -
Tiene como objetivo fundamental reglamentar la prestación del servicio educativo para la población con discapacidad desde el acceso, la permanencia y la calidad, para que los niños puedan transitar por la educación desde preescolar hasta la superior o educación para el trabajo y el desarrollo humano. -
Agudelo, N., y Estupiñán, N.(2009). La sensibilidad intercultural en Paulo Freire. Revista Historia de la Educación Latinoamericana
Cruz, E. (2015). La interculturalidad en las políticas de educación intercultural
López, A., y Cuello, E. (2016). La educación intra e intercultural como enfoque pedagógico propio. Revista Colombiana de Ciencias Sociales
López, A., y Cuello, E. (2016). La educación intra e intercultural como enfoque pedagógico propio. Revista Colombiana de Ciencias Sociales