-
Para educar a las personas hay que conocerlas, respetarlas y acogerlas en su diversidad cultural. -
-
Por el cual se crea el Comité Nacional de Lingüística Aborigen. -
Art. 7. El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural de la Nación colombiana.
Art. 67. La cultura en la educación.
Art. 68. Las integrantes de los grupos étnicos tendrán derecho a una formación que respete y desarrolle su identidad cultural. -
Reconocer a las comunidades negras que han
venido ocupando tierras baldías en las zonas rurales ribereñas de los ríos de la Cuenca del Pacífico, de acuerdo con sus prácticas tradicionales de producción, el derecho a la propiedad
colectiva (p.1). -
Art. 5. #6.
El estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad.
Art. 14. Fomento de las diversas culturas. -
Por medio del cual se reglamenta la atención educativa para grupos étnicos.
Art 2. Son principios de la etnoeducación: Integridad, Diversidad lingüística, Autonomía, Interculturalidad, Solidaridad. -
Por el cual se crean algunas normas a favor de la población sorda.
Artículo 5º.- El Estado garantizará los medios económicos, logísticos de infraestructura y producción para que la comunidad sorda tenga acceso a los canales locales, regionales y nacionales de la televisión Colombiana para difundir sus programas, su cultura, sus intereses, etc. -
Por el cual se expiden normas para el desarrollo de la Cátedra de Estudios Afrocolombianos, en todos los establecimientos de educación formal del país. -
Día Nacional de la Afrocolombianidad.
Por afrodescendientes se denota, a todos los grupos identificados como negros, mulatos, morenos, zambos, trigueños, niches, prietos, entre otros; estas denominaciones hacen parte de los eufemismos recreados en contextos de racismo. Hoy, dicho concepto, agrupa, igualmente, a los cientos de miles de migrantes africanos diseminados en todo el mundo, incluida Europa, así como a sus descendientes". -
Es una institución de educación propia de carácter especial comunitaria, pensada y creada por y para las comunidades en el marco del SEIP; sus acciones y propósitos se enmarcan en el ejercicio de gobierno propio, en la experiencia educativa del CRIC. Ratificada mediante la Resolución No. 04 de 2003. -
El Colegio Agro-ecológico de Tadó (Chocó) elaboró un PEI mediante el cual los estudiantes aprovechan los recursos de la región como el Borojó y el Chontaduro para la fabricación de dulces, licores y conservas, en lugar de preocuparse por el estudio de productos que no son propios de la región
-
Por el cual se crea la Comisión Nacional de Trabajo y Concertación de la Educación para los Pueblos Indígenas en desarrollo del artículo 13 del Decreto 1397 de 1996.
-
Por el cual se reglamenta de manera transitoria la contratación de la administración de la atención educativa por parte de las entidades territoriales certificadas, con los cabildos, autoridades tradicionales indígenas, asociación de autoridades tradicionales indígenas y organizaciones indígenas en el marco del proceso de construcción e implementación del sistema educativo indígena propio SEIP.
-
Se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes. -
Esta ley tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación. Tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación. -
Sobre la Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales de UNESCO. -
El Sistema Nacional de Convivencia Escolar acoge como uno de sus principios el enfoque de género y diversidad y establece la creación de los Comités de Convivencia para fomentar procesos de sensibilización, reflexión y transformación de los imaginarios existentes frente a los roles de género (así) como la creación del Sistema de Información Unificado de Convivencia Escolar para reportar casos de hostigamiento escolar y llevar una estadística consolidada sobre el fenómeno. -
Por el cual se crea la mesa de interlocución, participación y seguimiento al cumplimiento de los compromisos del Gobierno Nacional con el Pueblo Raizal.