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En 1991 la diversidad étnica y cultural fue reconocida en la Constitución Política de Colombia. Este reconocimiento se ha traducido en normas y políticas y en numerosas acciones institucionales, pero estos esfuerzos son todavía insuficientes para crear una cultura de reconocimiento y respeto por la diferencia, y de diálogo y ejercicio de la interculturalidad en la solución de los problemas que conciernen o afectan a los grupos culturalmente diferenciados. -
Reconoce la propiedad colectiva de la tierra de las comunidades afrocolombianas que históricamente han habitado en un territorio, se basa en un principio fundamental de la cultura negra y es el de la propiedad colectiva de la tierra.
Los raizales han logrado, mediante la Ley 70 de 1993, el reconocimiento como pueblo diferente de los afrocolombianos, ya que son el resultado de un complejo proceso de interacción entre africanos importados como esclavos, etc. -
La Constitución Política de 1991 reconoció como patrimonio de la nación la diversidad étnica y cultural del país, abriendo las puertas para que los diversos pueblos logren una autonomía que les permita, entre otras, proponer modelos de educación propia acordes con su forma de vida. Esta Ley "señala las normas generales para regular el servicio público de la educación que cumple una función social acorde a las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad". -
Por el cual se crean algunas normas a favor de la población sorda. -
El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos. -
Se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias. -
Consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales dentro de su territorio. -
Se institucionaliza el Programa Promoción y protección de los derechos de los jóvenes. -
Día Nacional de la Afrocolombianidad y la ONU constituyó el Decenio Internacional de los Afrodescendientes "Reconocimiento, Justicia y Desarrollo 2015-2024". -
Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad. -
Sobre la población infantil y joven en riesgo y en desplazamiento. -
Se adoptan los lineamientos de la Política Distrital y el Plan Integral de Acciones Afirmativas, para el reconocimiento de Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos de los Afrodescendientes. -
Por medio de la cual se organiza el Sistema Nacional de Discapacidad y se dictan otras disposiciones. -
Ley de Patrimonio Cultural: Art.1 “de la conformación de ese patrimonio”. -
Por el cual se expide un marco normativo para la protección integral de los derechos del grupo étnico Rom o Gitano. -
Los hablantes de lengua nativa tendrán derecho a comunicarse entre sí en sus lenguas, sin restricciones en el ámbito público o privado, en todo el territorio nacional, en forma oral o escrita, en todas sus actividades sociales, económicas, políticas, culturales y religiosas, entre otras. -
Colombia aprobó la Ley 1482 de 2011, que tiene por objeto garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que sean vulnerados a través de actos de racismo o discriminación. -
Decreto Ley 4635 de 2011 en palenquero, lengua de los raizales, mediante el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientes a comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras. -
Autoriza la realización de "contratos solemnes y formales" entre parejas del mismo sexo, con el fin de que puedan constituir sus familias y acceder a la protección legal dispuesta para ese tipo de organización social. -
En 2013 Colombia se unió a la Convención sobre la Protección de la Diversidad de las Expresiones culturales de la Unesco, una iniciativa internacional que pretende que los estados protejan y fomenten la diversidad cultural y creativa de sus territorios. -
El objeto de la presente ley es garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad. -
Este Decenio, liderado por el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tiene como objetivo principal el de reforzar las acciones y medidas que garantizan el pleno ejercicio de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos de los afrodescendientes, así como su participación plena y equitativa en la sociedad. -
La Convocatoria Del Programa Nacional De Estímulos De Ministerio De Cultura, entrega diferentes apoyos a los portadores de nuestras lenguas nativas y criollas.
Por sexto año consecutivo, la Dirección de Poblaciones reconoce el aporte a la cultura tradicional por parte de los mayores, pertenecientes a los pueblos indígenas y comunidades negras (afrocolombianas, raizales y palenqueras) del país.