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Esta Asamblea regia principalmente para comerciantes Nacionales, establecio normas para las consignaciones y nombramientos de contadores peritos en los letigios
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Se dictaron 3 decretos en materia comercial: sobre actos de comercio, sobre causas de comercio y sobre alzadas de comercio
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El estado de Buenos Aires ( segregado de la Confederación) le otorga la tarea a Eduardo Acevedo de preparar un proyecto de código de comercio.
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Con la colaboración de Dalmacio Velez Sarsfield
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Pero solamente en el Estado de Buenos Aires ( segregado de la confederacion)
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Se integro el Codigo para toda la Nacion
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Las principales modificaciones fueron:
El valor de los usos y costumbres como fuente de derechos;
Se suprimió el requisito de la inscripción en la matrícula para adquirir la calidad de comerciante;
Cambios en la reglamentación sobre: corredores, empresas de transporte, bolsas, sociedades, compraventa, fianza, letras de cambio, cheques, etc
Se ajustaron los contratos de mutuo, deposito y prenda,
quitando el material que se consideraba civil. -
Se sanciona el Decreto Ley 5965/63 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre letras de cambio y pagarés.
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Que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de seguros.
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Esta Ley 19.550 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen sobre sociedades.
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Ley 20.094 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen para la navegación y la Ley 20.266 que incorpora un nuevo
régimen para los martilleros. -
Se sanciona la Ley 24.452 que incorpora al viejo código de comercio un nuevo régimen de cheques y la Ley 24.522 que incorpora un nuevo régimen de concursos y quiebras.
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El código de comercio fue derogado y pasó a regir en el país el Código Civil y Comercial de la Nación.
Este código puso fin al proceso de unificación del derecho privado
en argentina. Este código es el que se encuentra vigente en la actualidad en nuestro país y es la principal fuente del derecho comercial.