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  •La entidad y autoridad pública informará al MinTrabajo por escrito los nombres de los negociadores y asesores, sitio y hora para instalar e iniciar la negociación.
•La negociación se instalará e iniciaran los términos para la misma. - 
  
  •Instalación formal de la negociación
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  •Desarrollo de la negociación.
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  Si no hay acuerdo o el acuerdo es parcial se puede convenir acudir a un mediador designado por ellas o MinTrabajo designará el mediador
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  •El mediador se reunirá con las partes, escuchará sus puntos de vista y posibles soluciones.
•Coordinarán una nueva audiencia para dentro de los 5 días hábiles siguientes. - 
  
  •El mediador propone por escrito fórmulas justificadas de acercamiento que consulten la equidad, orden público y sostenibilidad fiscal
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  •Las partes podrán acoger o no integral o parcialmente las propuestas del mediador para convenir el acuerdo colectivo
•Si persisten diferencias deberá realizarse audiencia dentro de los 3 días hábiles siguientes - 
  
  •Audiencia entre el mediador y las partes con las fórmulas de mediador para orientar a las partes
•Cumplidos los términos de la etapa de negociación y la de mediación se dará el cierre y se levantaran las actas respectivas. - 
  
  •Acta de iniciación e instalación de la negociación.
•Acta o actas con acuerdos parciales y su forma de cumplimiento.
•Acta de finalización de la primera etapa sin o con prorroga precisando los puntos de acuerdo y desacuerdo con los fundamentos de cada una de las partes.
•Las actas en las que se acuerda ir a mediación, designación de mediador o de acudir al MinTrabajo.
•Acta o actas de la audiencia o audiencias de mediación. - 
  
  •Lugar y fecha
•Las partes y sus representantes
•El texto de lo acordado
•Ámbito de aplicación
•Vigencia
•Forma, medios y tiempo para la implementación
•Integración y funcionamiento del comité de seguimiento para el cumplimiento del acuerdo