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El delito es un acto culpable
Se basa en el positivismo, reconoce la acción como causa del delito, donde los hechos ocurren por accidente más que por una decisión propia y consciente
Dos fases: la interna: idealización, deliberación y resolución y la externa que se basa en la exteriorización, preparación y ejecución.
Se establecen conceptos como tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad, imputabilidad, dolo, culpa, estado de necesidad, conciencia de antijuridicidad
La culpabilidad es subjetiva -
Francesco Carrara
Franz Von Liszt
Ernst Beling -
Se basa en el método científico-naturalístico.
Incluyó el comportamiento voluntario, realización de la voluntad, comportamiento espontáneo y comportamiento humano.
Se trato de suprimir el concepto de acción y cambiarlo por un análisis de la acción y del tipo de delito.
Se visualiza la antijuridicidad y el injusto como daño a lo social.
Se fija un valor dependiendo de la gravedad del delito.
Los elementos del delito son antijuridicidad y culpabilidad.
No existe la culpa en un estado de necesidad. -
Edmund Mezger
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La acción es el final de la actividad humana.
Es causal y no final cuando existen resultados no propuestos.
No existen acciones ciegas, todas tienen una finalidad consciente.
Identifica dos fases: la interna (el objetivo, los medios empleados y las consecuencias secundarias) y la externa (es la puesta en marcha, los medios para cumplir el objetivo, el resultado previsto y los relacionados, el nexo o relación causal).
Hay elementos como dolo, tipicidad, antijuridicidad, culpabilidad -
Han Welzel
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Utiliza el método sistémico.
Garantiza la construcción de un sistema penal abierto, los elementos del delito ya no se rigen por el positivismo, ahora deberán ser vinculados a derecho penal.
Se mantienen como elementos el dolo, la tipicidad, la antijuridicidad, el injusto penal y la culpabilidad.
Se introduce la teoría de la imputación y el concepto de responsabilidad.
Utiliza el funcionalismo sociológico. El núcleo del delito es la lesión de la norma
Se reconoce al delincuente como persona. -
Claus Roxin
Günter Jakobs -
Propone un análisis de los tipos penales con la finalidad de redefinir los elementos penales y facilitar su análisis. Como resultado se introduce el concepto de elementos identificados por letras, los cuales son definidos como unidades lógico jurídicas que facilitan el análisis, por ejemplo: actividad, inactividad, medios, etc.
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Elpidio Ramírez
Olga Islas