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TEORIA GENERAL DEL PROCESO.

  • LITIS

    LITIS
    Confrontación de la pretensión del actor con la defensa que plantea la parte demandada (demando y contestación). Se hace una lectura y análisis de esto junto con los documentos relacionados y en el momento donde las pruebas o puntos establecidos estén vinculados y sean coherentes se produce la litis. Notas:
    Juzgados de paz y menores: controversias sencillas
    Autoridades Federales:
    - Tribunales colegiados
    - De distrito
    - SCJN
    Interamericanas: Comisión y corte Interamericana de derechos humanos.
  • Demanda / Denuncia

    Demanda / Denuncia
    Proceso
    1er Acto: Presentación del escrito.
    2do Acto: La autoridad admite, desecha o previene la demanda.
    3er Acto: Si se previene y no contesta en 3 dias se desecha, se da la primera notificación o emplazamiento el cual protege su garantía constitucional de audiencia y defensa. Si no contesta se declara rebeldía.
    4to Acto: Si sí contesta se revisa el escrito de el demandante y demandado. Se revisa donde hay coherencia y donde hay discrepancias o conflicto. Aqui se fija la litis.
  • Jurisdicción y Competencia

    Jurisdicción y Competencia
    Jurisdicción: Decir derecho (Por parte del juez). El juez solo dice derecho en la sentencia.
    - Competencia.
    - Territorio: Circuitos, Distritos, Partidos.
    - Materia: Civil, mercantil, familiar, penal, etc...
    - Cuantía o valor: Juez Menor, Juez de Paz, Juez de 1ra Instancia.
  • Conceptos

    Conceptos
    Principio general del derecho:
    - Todo lo actuado ante un juez incompetente es nulo.
    Garantía constitucional de audiencia y defensa:
    - Nadie puede ser condenado si no se le escucho antes.
    Preclusión Procesal:
    - Atender actividades en el tiempo, de lo contrario se pierde el derecho de contestar / defenderse.
    Nulo de pleno Derecho:
    - No existe / Aun qué ninguno de los implicados se de cuenta / Ni aunque las partes lo acepten es valido.
  • Presupuestos procesales

    Presupuestos procesales
    En este escrito se pone en contexto al juez (Datos concretos).
    - Si no tienes interés jurídico (relación directa) no te compete.
    - La persona que se dirige al juez tiene que tener interés jurídico. Códigos de procedimientos civiles del estado de Jalisco.
    Requisitos de forma y lugar.
    - Documento fundatorio.
    - Personalidad.
    - Causa de pedir. Requisitos qué marca la ley y no por capricho del juez. Conceptos.
    Legitimación: Presentar a alguien y poder acudir a juicio.
  • Principios procesales

    Principios procesales
    Publicidad
    - Apertura al publico del proceso
    Economía procesal
    - Generar ahorro en tiempos del proceso
    Lealtad y probidad
    - Todo en ley
    - Cuidar que no haya agresiones de una parte a otra
    Contradicción
    -Por cada alegato que presente una de las partes le corresponde al juez escuchar a la parte contraria
    Preclusión procesal
    - Perdida de la facultad procesal
    Dispositivo
    - La tarea de iniciación e impulso está en manos de las partes
    Oralidad y escritura
    Concentración/Dispersión
    - Rápida o pausada.
  • Etapas procesales.

    Etapas procesales.
    Medio de impugnación.
    - Sube la jerarquía si el que perdió presentó apelación.
    - Juez de primera instancia. Autoridades estatales en Jalisco.
    - Autoridad revisora.
    - S. T. J. Juez de segunda instancia.
    - 3 Magistrados.
    Danto como resultado: Sentencia en segunda instancia. Federales.
    Si no se esta de acuerdo sube a...
    - Tribunal colegiado de distrito.
    - 3 Magistrados.
    Dando como resultado: Amparo Directo. Suprema Corte De Justicia.
    - Recurso de revisión.
    - 11 Ministros.
    - Solo casos gravosos.
  • Etapas procesales.

    Etapas procesales.
    1- Demanda.
    2- Admisión.
    3- Emplazamiento.
    4- Contestación.
    5- Fijar la litis.
    6- Ofrecimiento.
    7- Admisión.
    8- Preparación.
    9- Desahogo. Notas:
    Juez natural / Juez de origen.
    Juez de primera instancia en materia penal de manera lineal. Conceptos
    Prueba no pertinente: Cuando un hecho no esta relacionado.
    Impugnación: Cuando una de las partes no está de acuerdo con la sentencia emitida por el juez. (Se ataca a la sentencia emitida por el Juez).
  • Actos jurídicos / Hechos jurídicos.

    Actos jurídicos / Hechos jurídicos.
    Acto jurídico:
    Acto realizado de forma voluntaria y consiente para establecer, crear o modificar un derecho. Hecho Jurídico:
    Naturales o por el hombre (Voluntarios, Involuntarios, Positivo, Negativo). Acuerdos Jurídicos:
    Se presenta el escrito. Se admite desecha o prevé.
    - Oficialía de Partes.
    - Archivo jurisdiccional.
    - Acuerdo judicial o jurisdiccional.
    - Notificadores o actuarios. Resoluciones:
    Decisión que toma el juez para las partes.
    - Decreto.
    - Autos jurisdiccionales.
    - Sentencias.
  • Nulidad de los actos procesales

    Nulidad de los actos procesales
    Actos de autoridad: Sanciones a los actos de las autoridades. Sentencia, Notificación, Acuerdo.
    - Nulidad Relativa: Por vicios o errores (si se subsana, se corrige ese error y el valido).
    - Nulidad absoluta: Por autoridad incompetente. No se puede subsanar. Se rige por 4 principios.
    - Legibilidad: Algún documento que lo respaldes.
    - Trascendencia: Cuando afecte a las partes.
    - Conciliación: Anunciarse en la primera oportunidad.
    Protección: Solo reclamada por las partes.
  • Impugnación y ejecución de las sentencias

    Impugnación y ejecución de las sentencias
    Revocación
    - La imparte el mismo juez
    - Es General
    - Actos que no entran en apelación y decretos Queja
    - Se aplica cuando existen inadmisiones de recursos (actos de corrupción).
    - Es accesorio o instrumental (No tiene impacto en el proceso).
    - Lo realiza un tribunal superior. Apelación:
    Indirecta: Aún no se sabe la resolución (prisión preventiva)
    Directo: Está en contra de sentencias.
    - Se debe cumplir con el principio de definitividad (Se debe seguir la cadena impugnativa antes de este paso).
  • Impugnación y ejecución de las sentencias

    Impugnación y ejecución de las sentencias
    Resoluciones judiciales que ponen fin a la instancia resolviendo el litigio en los juzgados.
    Citación de la sentencia: 10 Días.
    Clasificación:
    - Naturaleza.
    - Función proceso (Definitiva / Interlocutoria).
    - Satisfacción pretensiones.
    Posible o no posible impugnación.
    Estructura:
    - Encabezado / Preámbulo.
    - Resultandos.
    - Considerandos.
    - Resolutivas.
    Requisitos:
    - Congruencia.
    - Fundamentación.
    - Motivación.
    - Exhaustividad.