INSTRUMENTOS NORMATIVOS INTERNACIONALES - DERECHOS Y LIBERTADES INFORMATIVAS
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Reconocimiento de ciertos derechos civiles.
Antecedente Derechos Humanos -
Fija reglas para la convivencia y para evitar la guerra
(1235-1670) - Antecedentes Derechos Humanos -
Clausula 12.- La libertad de prensa es uno de los grandes baluartes de la libertad, y que jamás puede ser restringida por un gobierno despótico.
Antecedentes Derechos Humanos -
Artículo 11.- La ibre comunicación de pensamientos y opinioines es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente.
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Primera Enmienda.- El Congreso no hará ninguna ley por la cual se limite la libertad de palabra o de prensa.
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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Punto 19.- Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; incluyendo el no ser molestado a causa de sus opiniones, el investigar y recibir info y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras por cualquier medio de expresión.
Punto 21.- Toda persona tiene el derecho de tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, gozar de las artes y de participar de los progresos científicos y de sus ventajas.
No tiene fuerza obligatoria para las partes. -
También desde otros ámbitos internacionales de carácter regional se han adoptado convenios de contenido similar o acuerdos específicos sobre estos derechos y libertades aplicadas a los medios de comunicación.
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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Artículo 19.2.- Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión; buscar, recibir y difundir info e ideas, en cualquier medio de su elección. Art. 19.3.- El ejercicio del derecho previsto en el párrafo 2 entraña deberes y responsabilidades especiales. Puede estar sujeto a restricciones que deberán estar fijadas por la ley para: a)Asegurar el respeto a los derechos o la reputación de los demás
b)Proteger la seguridad, orden, salud o moral pública. Sí que tiene fuerza obligatoria. -
Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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Creación de la Comisión internacional para el estudio de los problemas de la comunicación. -Se crea en 1980 para establecer los principios, las acciones y los puntos en los que debía basarse el Nuevo Orden Mundial de la Información y la Comunicación (NOMIC). -Se modifica en 1989 en la Conferencia General de la UNESCO.
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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-Se propone y apoya una verdadera y libre circulación de ideas e informaciones. Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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-En especial los Artículos 13 y 17 Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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de otros ámbitos internacionales de carácter regional se han adoptado convenios de contenido similar o acuerdos específicos sobre estos derechos y libertades aplicadas a los medios de comunicación.
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Acuerdos internacionales similares a lo expresado en el artículo 19 de la Declaración de los Derechos Humanos de 1948, o al Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966
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de otros ámbitos internacionales de carácter regional se han adoptado convenios de contenido similar o acuerdos específicos sobre estos derechos y libertades aplicadas a los medios de comunicación.