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Por el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales.
CAPITULO I. DISPOSICIONES GENERALES
CAPITULO II. RIESGOS PROFESIONALES
ARTICULO 9. ACCIDENTE DE TRABAJO. -
(1990-1995) fue implementado con el propósito esencial de reducir la ocurrencia de accidentes de trabajo y la aparición de enfermedades profesionales. Durante el desarrollo de dicho Plan, se expidieron la Ley 100 de 1993 y el Decreto-Ley 1295 de 1994, normas que reorientaron la salud ocupacional y que crearon el “Sistema General de Riesgos Profesionales”, dando origen a nuevas estructuras técnicas y administrativas.
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Se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
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Por la cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del Sistema General de Riesgos Profesionales. el congreso de Colombia decreta :
ARTÍCULO 1. DERECHO A LAS PRESTACIONES
ARTÍCULO 2. INCAPACIDAD TEMPORAL.
ARTÍCULO 3. MONTO DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS POR INCAPACIDAD TEMPORAL. -
La Salud Ocupacional en el ámbito nacional requería una herramienta de gestión que permitiera fomentar, una cultura del auto-cuidado, de la prevención de los Riesgos Profesionales y ocupacionales; fue así como se logro llegar al Plan Nacional de Salud Ocupacional 2003-2007, considerado una herramienta de gestión y eje del desarrollo del Sistema.
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Cambio de nombre de sistemas de riesgos profesionales por sistema de riesgos laborales,esta ley incluye afiliación obligatoria para estudiantes cuyo entrenamiento y actividad involucre un riesgo ocupacional.Cambio del nombre de programa de salud ocupacional a sistema de la gestión y la seguridad y salud en el trabajo.
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Los empleadores deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de gestión de la seguridad y salud en el trabajo SG-SST para lo cual, a partir de la publicación del Decreto 1443 de 2014 deberán dar inicio a las acciones necesarias para ajustarse a lo establecido en dicha disposición.
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