8 articulan plan de salvaguarda de indigenas kankuamos con el plna de desarrollo departamental

Resolucion de la CIDH del 5 de Julio de 2004 en favor del pueblo Indigena Kankuamo

By LUCERO1
  • Defensoria del pueblo

    La Defensoría del Pueblo de la República de Colombia emitió la Resolución No.24 de 18 de septiembre de 2002, mediante la cual se pronunció sobre las violaciones sistemáticas a los derechos humanos, el control arbitrario sobre los territorios y el desplazamiento forzado a los que las comunidades indígenas fueron sometidas en la Sierra Nevada de Santa Marta, por parte de los actores armados, lo cual afectaba directamente el desarrollo y tejido social de dichas comunidades.
  • Antecedentes

    Antecedentes
    La masacre de Atanquez
    En la madrugada del 8 de diciembre de 2002, 60 hombres del Bloque Norte de las Auc, ingresaron al resguardo de Atanquez, que pertenece al municipio de Valledupar, Cesar. Una parte del grupo rodeó el pueblo, asegurando los alrededores, después de pedirles las cédulas a las personas que estaban en la plaza de mercado, varios encapuchados señalaron a algunas de ellas, a quienes acusaron de ser presuntos colaboradores de la guerrilla.
  • Victimas

    Victimas
    Entre los años 1993 y 2003, habían sido asesinados por los grupos armados aproximadamente 166 indígenas Kankuamos. De dicha cifra, el número de víctimas a agosto de 2003 era de 44.
  • Medidas Cautelares

    Medidas Cautelares
    Por petición de la Organización Nacional Indígena de Colombia, ONIC, y de la organización no gubernamental de derechos humanos “Corporación Colectivo de Abogados ‘José Alvear Restrepo’, El 24 de septiembre de 2003 la Comisión [Interamericana] otorgó medidas cautelares a favor del pueblo indígena Kankuamo que habita la Sierra Nevada de Santa Marta. En el primer semestre de 2003 fueron asesinados 55 indígenas Kankuamos.
  • Informe del estado ante la CIDH

    El 3 de diciembre de 2003 el Estado presentó un informe a la Comisión,relativo a la implementación de las medidas cautelares, en el cual señaló que se había informado de la situación al Programa Presidencial de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario, a la Fiscalía General de la Nación, al Ministerio del Interior y de Justicia, a la Procuraduría General de la
    Nación, al Departamento Administrativo de Seguridad, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional.
  • Solicitud de la comision

    El 15 de diciembre de 2003 la Comisión manifestó al Estado su preocupación porque se continuaba atentando en contra de los miembros de la comunidad que integran el pueblo indígena Kankuamo pese a la existencia de las medidas cautelares, y lo instó a realizar los esfuerzos necesarios para prevenir dicha situación.
  • Sentencia T-025 de 2004 Corte Constitucional

    Sentencia T-025 de 2004 Corte Constitucional
    En el año 2004, la Corte Constitucional Colombiana profirió la Sentencia T-025 de 2004; esta sentencia tiene su origen en una serie de acciones de tutelas presentadas por personas víctimas del desplazamiento forzado, quienes además de ser expulsados violentamente de sus tierras y territorios llegaron a los lugares
    receptores y allí fueron víctimas nuevamente de un sinnúmero violaciones a sus derechos fundamentales y humanos.
  • Amenazas a Lideres

    Amenazas a Lideres
    El 4 de marzo de 2004 los peticionarios informaron sobre amenazas realizadas a los líderes del pueblo indígena Kankuamo que se encontraban en una situación de desplazamiento forzado en Bogotá, en especial sobre actos de agresión llevados a cabo por un grupo de 6 hombres armados que dispararon contra la residencia del líder indígena Gilberto Arlanth Arlza,
  • Medidas Provisionales

    Teniendo en cuenta los antecedentes y la continua violacion de los derechos humanos en la comunidad Kankuamo de la Sierra Nevada y a pesar de las medidad CAUTELARES tomadas con anterioridad la corte adopta medidas PROVISIONALES en favor del pueblo Kankuamo con el propósito de que se proteja su vida, su integridad personal, su identidad cultural y su especial relación con el territorio ancestral.