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En el artículo 7 de La Constitución Política “El Estado reconoce y protege la diversidad étnica y cultural
de la nación colombiana” (Colombia 1991). -
El gobierno nacional creó la Comisión de Derechos Humanos de los pueblos Indígenas, dependiendo del Ministerio del Interior, con representatividad de organizaciones indígenas.
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La Ley 397 de 1997 define el patrimonio cultural de la nación como aquel constituido por los bienes materiales e inmateriales, los productos y las demás representaciones culturales propias de la
nacionalidad colombiana, entre las que se encuentran la lengua castellana, los dialectos de las minorías étnicas, la tradición, las costumbres y los hábitos, el conocimiento ancestral etc.. -
En Colombia los grupos humanos traídos desde el continente Africano en condición de esclavizados/as obtuvieron la libertad legal, a través de la Ley 21 del 21 de Mayo de 1851;cuando se cumplieron 150 años de la abolición legal de la esclavitud en Colombia, para el
año 2001 el Congreso de la República estableció el 21 de Mayo como la fecha en la que el país conmemore la promulgación de tan importante Ley de Abolición de la Esclavitud. -
Se desarrollan los artículos 7, 8, 10 y 70 de la Constitución Política, y los artículos 4, 5 y 28 de la Ley 21 de 1991 (que aprueba el Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas y tribales), y se dictan normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y sobre sus derechos lingüísticos y los de sus hablantes.
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En el 2012 se desarrollan sectores en los cuales la comunidad LGBTI puede ser capaz de desarrollarse en un entorno en el cual pueden sentirse libres y sin discriminación por parte de las demás personas. Esto con el fin que puedan tener una estabilidad social y económica libre y sin conflicto.
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se ordena crear el Plan Distrital para la inclusión social de los jóvenes en alto grado de emergencia social, grupos de violencia juvenil y otros jóvenes excluidos socialmente, en los diferentes sectores socioeconómicos, en concordancia a lo establecido por la Ley 1577 de 2012 y las demás disposiciones legales que la adicionen o la modifiquen”.
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La Fiscalía General de la Nación, ha impulsado el respeto hacia las demás comunidades del país, además, aquellas personas que vulneren el derecho a la libertad o a la libre expresión serán judicializadas ya que están vulnerando los derechos a los que las Fiscalía está protegiendo.
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1.Normatividad Distrital de Juventud. Recuperado de.http://www.integracionsocial.gov.co/index.php/noticias/155-juventud-politica-publica/2473-marco-normativo
2.Normas sobre reconocimiento, fomento, protección, uso, preservación y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia. Recuperado. https://www.urosario.edu.co/jurisprudencia/catedra-viva-intercultural/Documentos/Ley_1381.pdf