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Recogiendo saberes en torno a la diversidad. Por: Yenis Patricia Guerra, Maria Alejandra Parra y Andrés Eduardo Zapata

  • Ley 21 de 1991

    Ley 21 de 1991

    El 4 de mayo de 1991, se aprueba la ley No. 21 en convenio con la ley No. 169 de la Organización Internacional del Trabajo, sobre pueblos indígenas y tribales, “Reconociendo las aspiraciones de esos pueblos a asumir el control de sus propias instituciones y formas de vida y de su desarrollo económico y a mantener y fortalecer sus identidades, lenguas y religiones, dentro del marco de los Estados en que viven”.
  • Constitución política de 1991

    Constitución política de 1991

    En 1991 se inaugura la constitución política en la cual se reconoce toda nuestra amplia diversidad, reconociendo la autonomía de las entidades territoriales y protegiendo la diversidad cultural y étnica como fundamento Colombiano. En ella se destacan los artículos 1, 7 y 13; ya que hablan de la organización como republica unitaria, con lenguaje normativo de pensamiento multicultural el cual el estado reconoce y protege ya que todas las personas nacemos libres e iguales ante la ley.
  • Ley 70 de 1993

    Ley 70 de 1993

    Con la ley 70 de 1993, se reconoce a las comunidades negras el derecho a la propiedad colectiva para la protección de la identidad cultural y sus derechos como grupo étnico, su desarrollo social y económico, “con el fin de garantizar que estas comunidades obtengan condiciones reales de igualdad de oportunidades frente al resto de la sociedad colombiana.”
  • Periodo 1994 - 1995

    Periodo 1994 - 1995

    Para este periodo nos parece interesante destacar que mediante la sentencia C-086 de 1994, se establece que los Raizales de San Andres y Providencia son un grupo étnico claramente definido “como lo evidencian su aspecto físico, sus costumbres, su idioma y su pertenencia mayoritaria al Protestantismo.” También en 1995 se adoptada la Ley 248, la cual obliga a los estados a adoptar medidas normativas y judiciales para la protección, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres.
  • Ley 397 de 1997

    Ley 397 de 1997

    El 7 de Agosto de 1997 se aprueba la ley 397 o ley de cultura, la cual tiene como objetivo proteger lenguas, tradiciones, usos, costumbres y saberes de los grupos étnicos, encaminado a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural, estableciendo también los mecanismos de integración de las personas con limitaciones y se reconoce a las personas sus derechos fundamentales, debido a que a las personas sordas se les consideraba incapaces de ejercer sus derechos
  • Pueblo Rrom 1999

    Pueblo Rrom 1999

    El 2 de septiembre de 1999 sale la resolución No. 022 (Ministerio del Interior y de Justicia) la cual reconoce el Pueblo Rrom (Gitano) como grupo étnico Colombiano y les permite el auto censo en el cual mediante listados se identifica el número de familias y su parentesco frente al jefe del hogar.
  • Ley 581 de 2000

    Ley 581 de 2000

    En este año ocurre algo bien importante, lo cual es reconocido como la Declaración del Milenio de las Naciones Unidas y es que se aprueba la ley 581; por la cual se reglamenta la adecuada y efectiva participación de la mujer en los niveles decisorios de las diferentes ramas y órganos del poder público, enfatizando en lo importante que es erradicar la pobreza y tomar las respectivas medidas para proteger la diversidad y la igualdad de género frente a los altos cargos del estado.
  • 2001

    2001

    Para el año de 2001 la UNESCO y la ONU dan a conocer la Declaración Universal Sobre Diversidad Cultural, como declaración de un organismo transgubernamental en la cual se “celebra la diversidad de la cultura e invita a todos los Estados y organismos a tomar medidas para su fomento y protección”. Y también muy importante, la Ley 725 de 2001 la cual establece el día 21 de mayo como el Día Nacional de la afrocolombianidad.
  • Año 2005

    Año 2005

    La embajadora de Colombia ante la UNESCO, Sonia Sarmiento, entregó a la Directora General de la UNESCO, Irina Bokova, el Instrumento de Adhesión de Colombia a la Convención sobre la protección y promoción de la diversidad de las expresiones culturales, firmada en París (Francia) el 20 de octubre de 2005.
  • Decreto 482 de 2006

    Decreto 482 de 2006

    Generar estrategias de comunicación y espacios de participación que fomenten el diálogo intergeneracional, intercultural, inter organizacional así como el reconocimiento de las distintas culturas juveniles de la ciudad y sus territorios simbólicos en el marco del respeto a la diversidad, la convivencia y la resolución pacífica de los conflictos.
  • Ley 1185 de 2008

    Ley 1185 de 2008

    La ley de patrimonio cultural, reconoce el carácter heterogéneo de la herencia cultural de la Nación y los aportes de los diferentes grupos poblacionales a la misma.
  • Decreto Nacional 3770 del 25 de septiembre de 2008

    Decreto Nacional 3770 del 25 de septiembre de 2008

    Conforma la Comisión Consultiva de Alto Nivel para las Comunidades Negras y determina la conformación de las Comisiones Consultivas Regionales, Departamentales y Distrital de Bogotá. Estas constituirán escenarios de diálogo y búsqueda de soluciones a los problemas y conflictos que se presenten en su respectiva circunscripción territorial y que afecten a las comunidades negras.
  • Acto Legislativo 01 de 2009

    Acto Legislativo 01 de 2009

    Se garantiza a todos los ciudadanos el derecho a fundar, organizar y desarrollar partidos y movimientos políticos, y la libertad de afiliarse a ellos o de retirarse. En ningún caso se permitirá a los ciudadanos pertenecer simultáneamente a más de un partido o movimiento político con personería jurídica. Estos se organizarán democráticamente y tendrán como principios la transparencia, objetividad, moralidad, la equidad de género, y el deber de presentar y divulgar sus programas políticos.
  • Ley 1346 de 2009

    Ley 1346 de 2009

    Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad: El propósito es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales para todas las personas con discapacidad y promover el respeto de su dignidad inherente, esta determinado por la Corte constitucional, 2009, Art.1.
  • Decreto 554 de 2011

    Decreto 554 de 2011

    Este decreto adopta la política pública distrital, para el reconocimiento de la diversidad cultural, la garantía, la protección y el restablecimiento de los derechos de la población raizal en Bogotá y dicta otras disposiciones. La UNESCO declara como patrimonio cultural de la humanidad, al Paisaje Cultural Cafetero de Colombia. La región abarca 46 veredas de Caldas, Quindío, Risaralda y Valle del Cauca, donde la producción del café es modelo de acción colectiva y de desarrollo de capital social.
  • Acto Legislativo 1 de 2013 de la Constitución: La Cámara de Representantes se elegirá en circunscripciones territoriales y circunscripciones especiales, para que cada departamento y el Distrito capital de Bogotá, conformará una circunscripción territorial

    Habrá dos representantes por cada circunscripción territorial y uno más por cada 365.000 habitantes o fracción mayor de 182.500 que tengan en exceso sobre los primeros 365.000. La circunscripción territorial conformada por el departamento de San Andrés, Providencia y Santa Catalina, elegirá adicionalmente un (1) representante por la comunidad raizal de dicho departamento, de conformidad con la ley.
  • Ley 1752 de 2015

    Ley 1752 de 2015

    Esta ley cumple con el objetivo de sancionar actos de discriminación como de raza, religión, sexual, etc. Por esta razón esta ley cubre a las personas vulnerables. La ley tiene por objetivo hacer que las personas sean conscientes y respeten a las demás sin importar sus preferencias u orientaciones.