-
( Esta circunstancia, aunada al reciente proceso en ese momento de revitalización cultural, es probable que haya conducido
a una sub enumeración de este grupo étnico)
Transitorio “sobre comunidades negras” Ley 70 de 1993 Desarrolla el Art. Trans 55 de la Constitución Política. Reconocimiento de las tierras decomunidades negras, mecanismos de proyección
de la identidad cultural. -
demás del reconocimiento cultural y la identidad de grupo, reclaman derechos político-administrativos (Picó, 1999; Othón, 1992).
-
Ley 115 de 1994 Ley General de Educación Art. 57 y Decreto 804 de 1995 sobre educación de los grupos étnicos,
Ministerio de Educación Nacional, propició el diseño y ejecución de programas denominados de Etnoeducación, a partir de las características y necesidades de las poblaciones indígenas -
-
Ley 397 de 1997 “derecho de los grupos étnicos a conservar, enriquecer y difundir su identidad y patrimonio cultural” “proteger lenguas, tradiciones, usos y
costumbres -
1998 Consulta previa con las comunidades indígenas y negras para la explotación de los recursos naturales
dentro de su territorio -1999 Se institucionaliza el Programa Promoción y
protección de los derechos de los jóvenes -
Se crea la Sentencia de la Corte Constitucional: -2002 Convención Interamericana para la eliminación
de todas las formas de discriminación contra las
personas con discapacidad -
2006, “Por el cual se adopta la Política Pública
de Juventud para Bogotá D.C. -“Por el cual se adopta la Política Pública de
Discapacidad para el Distrito Capital” -Se adoptan los lineamientos de Política Pública Distrital y el Plan Integral de Acciones Afirmativas, para el Reconocimiento de la Diversidad Cultural y la Garantía de los Derechos de los Afrodescendientes” -
-Protección al Género y orientaciones sexuales en el
Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”
“Por el cual se adopta la Política Pública de
Mujeres y Equidad de Género " -
2011 conocida como 'La Ley Antidiscriminación', este año emitió el primer fallo a nivel nacional a favor de las personas LGBTI, condenando a 26 meses de cárcel a una pareja heterosexual en Santander después de comprobarse que estaban hostigando a una pareja homosexual que vivía en el mismo conjunto residencial.
-
La última década fue clave para la comunidad LGBTI en Colombia. Gracias a la lucha en las calles y los tribunales, el Estado ha comenzado a reconocerle algunos de sus derechos. Por ejemplo, la Corte Constitucional sentenció en 2008 que las uniones libres del mismo sexo tienen derecho a reclamar la pensión de su pareja. En 2011 se pronunció sobre el matrimonio igualitario y en 2013 les abrió la posibilidad de casarse en las notarías.
-
Diversidad Cultural para promover el desarrollo de habilidades sociales en educación superior.
-
En 2014 Una iniciativa internacional que pretende que las estados protejan y fomenten la diversidad cultural y creativa de sus territorios. Colombia se unió en 2014 - Es decir que en el país se está procurando proteger y fomentar la diversidad cultural y creativa de sus territorios, además de generar condiciones para el libre desarrollo de la cultura, mediante la creación, producción, circulación y acceso a bienes y servicios culturales internacionalmente.
-
Para diversas agremiaciones de la población LGBTI, la iniciativa es positiva, consideran que el tema se debe analizar de manera consensuada con este sector de la sociedad. “No nos oponemos, pero la pregunta que surge es cómo son los protocolos. las evaluaciones psicológicas. En ese punto hay que mirar si se está asumiendo la condición de transgénero como un problema psicológico o psiquiátrico cuando no lo es”, señaló Pedro Pardo, director de la fundación LGBTI.(ELTIEMPO18/10/2017)