
Recogiendo saberes en torno a la diversidad, Diana Carolina Arteaga. Estudiante de Psicología. Corporación Universitaria Iberoamericana
By Darteaga
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Con la fundación de la República de Colombia los indígenas fueron considerados como ciudadanos, con igualdad de derechos a la mayoría de los colombianos (excepto los esclavos); la Constitución de Cúcuta de 1821 abolió el "odioso" pago del tributo personal, el servicio personal obligatorio y se ordenó, entre otros aspectos, la división de los resguardos --tierras de propiedad colectiva regidas por un cabildo de indios--, con el fin de que los indígenas gozasen de la propiedad privada.
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Fue un indio que asumió la defensa de su gente, en una sociedad en la cual la palabra indio ha sido insultante.
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“Por medio de la cual se determina la manera como deben ser gobernados los salvajes que vayan reduciéndose a la vida civilizada”, reconocía la existencia de las comunidades o parcialidades indígenas al permitir su representación mediante los cabildos.
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El Ministerio de Educación asumió la etnoeducación como política oficial para los pueblos indígenas, promoviendo la educación bilingüe e intercultural.
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El Primer Congreso Indígena Nacional que institucionalizó la Organización Nacional indígena de Colombia, estuvo conformado por representantes de los pueblos indígenas. Por primera vez en la historia nacional, los diferentes pueblos indígenas del país, se reunían para conversar sobre su pasado, presente y futuro; además para proponerle al Estado colombiano estrategias para la protección de la integralidad de sus identidades étnicas
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Adoptado por la OIT, el 27 de junio de 1989 y ratificado por Colombia mediante la ley 21 de 4 de marzo de 1991. Deroga el Convenio 107 de 1957, introduciendo mayores elementos con respecto a la participación y a la identidad indígena.
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El reconocimiento de la diversidad parece encontrar en el enfoque multicultural el instrumento más loable para renovar la estructura deóntica que ha legitimado el orden sociopolítico colombiano.
Frente a un modelo de Estado cimentado en la negación y exclusión de la diversidad, el Estado multicultural admite la articulación de la pluralidad. Así, la construcción de unidad política se presenta
como una cuestión determinada por el diálogo, el reconocimiento mutuo y el ensanchamiento cultural. -
El objeto del Fondo para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas de América Latina y el Caribe,
en adelante denominado "Fondo Indígena", es el de establecer un mecanismo destinado a
apoyar los procesos de autodesarrollo de pueblos, comunidades y organizaciones indígenas de
la América Latina y del Caribe, en adelante denominados "Pueblos Indígenas". Firmado en Madrid el 24 de julio de 1992. Aprobado por medio de la Ley 145 de 1994. -
Año de 1992: Declaración sobre los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas. Aprobada por la Asamblea General en su Resolución 47/135 del 18 de diciembre de 1992.
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Ley 99 de 1993: Orgánica del Ministerio del Medio Ambiente, ordena que la explotación de los recursos naturales debe hacerse sin desmedro de la identidad cultural, social y económica de las comunidades indígenas y negras. La biodiversidad del país, por ser patrimonio nacional y de interés de la humanidad, deberá ser protegida prioritariamente y aprovechada en forma sostenible.
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El Estado Colombiano reconoce la Lengua Manual Colombiana, como idioma propio de la Comunidad Sorda del País.
El Estado auspiciará la investigación, la enseñanza y la
difusión de la Lengua Manual Colombiana. -
LEY 397 DE 1997: El Estado garantiza a los grupos étnicos y lingüísticos, a las comunidades negras y
raizales y a los pueblos indígenas el derecho a conservar, enriquecer y difundir su
identidad y patrimonio cultural, a generar el conocimiento de las mismas según sus
propias tradiciones y a beneficiarse de una educación que asegure estos derechos. -
Ley 1145 de 2007 Se Organiza "El Sistema Nacional de Discapacidad", SND, como el mecanismo de coordinación de los
diferentes actores que intervienen en la integración social de esta
población, con el fin de racionalizar los esfuerzos, aumentar la cobertura y organizar la oferta de programas y servicios, promover la participación de esta población fortaleciendo su organización. -
Con la Ley 1482 de 2011, la discriminación en Colombina es un delito, la norma dispuso que por discriminación y hostigamiento habrá una pena de 12 a 36 meses de prisión y una multa de 10 a 15 salarios mínimos legales vigentes. La Fiscalía General de la Nación ha impulsado un nuevo enfoque en el tratamiento de las investigaciones con el propósito de judicializar y sancionar a los responsables de las agresiones a los grupos que históricamente han sido atacados por su diversidad.
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Ley 1482 de 2011, para sancionar penalmente la discriminación contra las personas con discapacidad. Esta ley tiene por objeto sancionar penalmente actos de discriminación por razones de raza, etnia, religión, nacionalidad, ideología política o filosófica, sexo u orientación sexual, discapacidad y demás razones de discriminación.
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Que el Artículo 130 de la ley 1753 de 2015, establece que “el Gobierno nacional a través del Ministerio del Interior impulsará ante las Entidades Territoriales la inclusión en los Planes de
Desarrollo Departamentales, Distritales y Municipales de acciones y metas que garanticen
los derechos de las personas de los sectores sociales LGBTI”. -
Colombia ha sido elegida miembro del Comité Intergubernamental de la Convención para la Protección y la Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales, en representación de América Latina y el Caribe, para el período 2017 – 2021.
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Colombia ingresa a Comité de la Unesco que promueve la diversidad de las expresiones culturales. (15 de Junio de 2015). Mincultura. Recuperado de: https://is.gd/lxaDvc Mantilla Monsalve, C. O. (2018). Eficacia del Derecho de los Pueblos Indígenas a la Consulta Previa, Libre e Informada De Medidas Legislativas (Abogado Titulado). Fundación Universidad Autónoma De Colombia, Bogotá. Recuperado de: https://tinyurl.com/7qfghy8
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Cosoy, N. (6 de Octubre de 2017) Quién era Manuel Quintín Lame, el colombiano que inspiró la primera guerrilla indígena de América Latina. BBC Mundo. Recuperado de https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-41507530
Fiscalía avanza en nuevo enfoque para impulsar investigaciones por actos de racismo, discriminación y hostigamiento. (Viernes, 02 de marzo de 2018). Fiscalía General de la Nación. Recuperado de https://tinyurl.com/y3myl22l