Prot

Procesos históricos de la protección de datos (1948-2021).

  • Art. 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.

    Art. 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
    -Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.
    -Derecho a la privacidad, así mismo protección a la seguridad personal.
  • Art. 8 del Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales.

    Art. 8 del Convenio para la protección de los Derechos Humanos y de las libertades fundamentales.
    -Derechos Humanos y libertades fundamentales.
    -Derecho al respeto a la vida privada y familiar.Toda persona tiene derecho al respeto de su vida privada y familiar, de su domicilio y de su correspondencia.
    -El derecho a la intimidad fue reconocido por primera
    vez
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos. (Pacto de San José)

    Convención Americana sobre Derechos Humanos. (Pacto de San José)
    -Promoción y protección de los derechos humanos.
  • Primera ley de protección de datos en Suecia.

    Primera ley de protección de datos en Suecia.
    -Fue la primera ley de protección de datos en el mundo.
    -Supervisión del cumplimiento “Data inspektion board”
  • Estados Unidos (Privacy Act).

    Estados Unidos (Privacy Act).
    -Primera ley de carácter general.
    -Protección de datos personales ante el funcionamiento incorrecto del gobierno.
    -Viable en el Gobierno federal (estatal o privado)
  • Países y su integración en leyes (1977-1979).

    Países y su integración en leyes (1977-1979).
    -Canadá, Francia, Dinamarca, Noruega, Austria y Luxemburgo publicaron leyes para la protección de datos personales.
  • Leyes en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

    Leyes en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
    -Protección de la intimidad y de la circulación transfronteriza de datos personales.
    -Creación de marco de la organización para la cooperación y el desarrollo económico con pautas y límites de transferencia de datos personales
  • Convenio en el Consejo de Europa.

    Convenio en el Consejo de Europa.
    -Tratamiento automatizado de datos de carácter personal.
    -Principios esenciales.
    -Finalidades legítimas, no compatibles.
    -No excedencia en su uso.
    -Datos exactos y actualizados (si así se requiere).
    -Identificación de persona en un tiempo definido para cumplir las finalidades.
    -Exceptúa manejo de datos sensibles.
    -Verificación de información.
    -Conocimiento de funcionamiento de dato.
  • Regulación de archivos en la ONU

    Regulación de archivos en la ONU
    -Organización de las Naciones Unidas genera ordenamiento en los procesos de datos personales informatizados.
  • Parlamento y Consejo Europeo

    Parlamento y Consejo Europeo
    -Creación de protección, tratamiento y libertad en circulación de estos datos.
  • Ley Federal de transparencia México.

    Ley Federal de transparencia México.
    -Ley federal de transparencia y acceso a la información pública gubernamental y creación del organismo (IFAI) Instituto Federal de acceso a la información y protección de datos
    o Finalidad de supervisar la aplicación correcta de la ley
  • Reformación del articulo 6 México de la constitución.

    Reformación del articulo 6 México de la constitución.
    -Reformación en la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos en la cámara de diputados.
    -La manifestación de las ideas no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, sino en el caso de que ataque a la moral, los derechos de tercero, provoque algún delito, o perturbe el orden público; el derecho de réplica será ejercido en los términos dispuestos por la ley.
  • Emisión de votos en Cámara de Senadores.

    Emisión de votos en Cámara de Senadores.
    -De acuerdo al funcionamiento (legislatura) de los estados, para la aprobación de reconocimiento para la autonomía, derecho y protección de datos personales, o Garantización de uso NO discriminado e injerencia.
  • La Asamblea General de la OEA

    La Asamblea General de la OEA
    -Fomentar y proteger el flujo fronterizo de información en América.
    -Aprobación declaraciones en el documento.
  • Referencias

    Referencias
    Naciones Unidas. (Desconocido). La Declaración Universal de Derechos Humanos. Enero, 27 2021, de Naciones Unidas Sitio web: un.org/es/universal-declaration-human-rights/#:~:text=Artículo%2012.,contra%20tales%20injerencias%20o%20ataques.
    Ramiro, M. A. (2005). El derecho fundamental a la protección de datos personales en Europa (Doctoral dissertation, Universidad de Alcalá). Enero, 27 2021, Sitio web: https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=183853
  • Referencias

    Referencias
    -CÁMARA DE DIPUTADOS H. CONGRESO DE LA UNIÓN, La Constitución Política y sus
    reformas Febrero 1917 - Marzo 2013, Documentación Legislativa, México, 2013. Enero 27, 2021 Sitio web:
    http://www.diputados.gob.mx/cedia/biblio/doclegis/cuad_cons_mar13.pdf
  • Reflexión

    Reflexión
    Los datos personales son muy importantes, por ello debemos ser muy cuidadosos con su uso, ya que con el paso del tiempo se han creado diversas plataformas que nos piden dichos datos, y lamentablemente no todas son de fiar y pueden hacer mal uso de ellos. Es por eso, que debemos informarnos acerca de su correcto manejo, así mismo poder transmitirlos a terceros de manera asertiva y correcta.
  • Referencias

    Referencias
    -Sidharta José Hernández Hernández . (24/03/2014). Evolución cronológica de la protección de datos personales en México . Enero 27, 2021, de derecom Sitio web: file:///C:/Users/Neily/AppData/Local/Packages/microsoft.windowscommunicationsapps_8wekyb3d8bbwe/LocalState/Files/S0/12/Lectura%20Act.%201%20Dialnet-EvolucionCronologicaDeLaProteccionDeDatosPersonale-4798930%20(1)[39].pdf