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PRINCIPIOS JURÍDICOS APLICABLES AL ANÁLISIS DE CASOS

  • 1. Método Para la Solución de Casos

    1. Método Para la Solución de Casos
    Según el Dr. Jorge Adame Goddard (investigador titular del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM):
    "Todo razonamiento prudencial, e igualmente el razonamiento jurídico, comprende tres etapas:
    1) La deliberación
    2) El juicio
    3) Conclusión práctica o decisión"
  • 2. Deliberación

    2. Deliberación
    Consiste fundamentalmente en analizar y separar dos aspectos del problema:
    I) Los hechos que constituyen el
    caso, y II) las posibles reglas jurídicas aplicables al mismo. La deliberación en la práctica profesional toma su tiempo, ya que son narradas por personas que no conocen del derecho (clientes) y aportan muchas veces datos irrelevantes, o por el contrario, ocultan información que puede ser la solución al caso. El juez deliberará en base a los hechos que se puedan probar.
  • 3. Juicio sobre lo justo

    3. Juicio sobre lo justo
    1) Consiste en contemplar el caso desde la perspectiva de las reglas aplicables.
    2) Determinar cuales son las cuestiones jurídicas que implican, resolverlas.
    3) Demostrar la veracidad de la solución.
  • 4. Comprensión o interpretación de las reglas aplicables

    4. Comprensión o interpretación de las reglas aplicables
    Se trata de comprender el significado y su alcance, lo llamado "interpretación de las reglas". Se debe considerar:
    a) El contexto donde se lee la regla,
    b) Su ubicación dentro del sistema de reglas y,
    c) Jerarquía entre las fuentes jurídicas.
  • 5. Planteamiento del Caso

    5. Planteamiento del Caso
    Significa examinar los hechos con las reglas jurídicas aplicables, comprende tres actos intelectuales: 1) Definición de la cuestión
    2) Respuesta personal a dicha cuestión
    3) Los argumentos para demostrar la veracidad de la respuesta.
  • 6. Respuesta a la cuestión planteada

    6. Respuesta a la cuestión planteada
    ¿Qué es una respuesta? En este contexto es la afirmación o negación sobre la cuestión planteada. Generalmente la respuesta afirmativa beneficia al actor/demandante, pero en algunas ocasiones favorece al demandado. Hay que ser precisos y concretos con nuestra respuesta, por ejemplo: "Si hay robo"/ "No hay robo". Todo esto para evitar el riesgo de dar respuestas ambiguas y confusas.
  • 7. Argumentación para demostrar la veracidad de la respuesta

    7. Argumentación para demostrar la veracidad de la respuesta
    ¿Qué es la argumentación?
    Es la referencia de verdades conocidas en el caso que demuestran la veracidad de la respuesta. Son principalmente los que indican que los hechos del caso se ajustan a los previstos en las reglas.
  • 8. Conclusión práctica o decisión

    8. Conclusión práctica o decisión
    Se refiere al juicio, concluye con la afirmación o negación de lo que ya es: "Si hay robo" / "No hay robo" (por ejemplo). La decisión es meramente la conducta que debe practicar en este caso el demandado para reparar la injusticia (en caso de que el demandante tenga la razón) [condenatoria], en caso contrario también puede consistir en la declaración de que no necesita hacer nada el demandado porque no hay ningún deber jurídico incumplido (absolutoria).