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Si bien después de que la Primera República cayó tras el golpe de Estado de Napoleón Bonaparte, la organización política de Francia durante el siglo xix osciló entre república, imperio y monarquía constitucional, lo cierto es que la revolución marcó el final definitivo del feudalismo y del absolutismo en el país, y dio a luz a un nuevo régimen donde la burguesía, apoyada en ocasiones por las masas populares, se convirtió en la fuerza política dominante.
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La primera generación incluye los derechos civiles y políticos. Se trata de derechos que tratan de garantizar la libertad de las personas. Los derechos civiles más importantes son: el derecho a la vida, el derecho a la libertad ideológica y religiosa, el derecho a la libre expresión o el derecho a la propiedad. -
El principio de toda Soberanía reside esencialmente en la Nación. Ningún cuerpo ni ningún individuo pueden ejercer autoridad alguna que no emane expresamente de ella.
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La finalidad de cualquier asociación política es la protección de los derechos naturales e imprescriptibles del Hombre. Tales derechos son la libertad, la propiedad, la seguridad y la resistencia a la opresión.
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Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las distinciones sociales sólo pueden fundarse en la utilidad común.
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La segunda generación recoge los derechos económicos, sociales y culturales. Estos derechos fueron incorporados en la legislación a finales del siglo XIX y durante el siglo XX. Tratan de fomentar la igualdad real entre las personas, ofreciendo a todos las mismas oportunidades para que puedan desarrollar una vida digna. Algunos derechos de segunda generación son: el derecho a la educación, el derecho a la salud, el derecho al trabajo, el derecho a una vivienda digna, etc. -
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Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo.
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La tercera generación de derechos ha ido incorporándose a las leyes a finales del siglo XX y comienzos del siglo XXI. Pretenden fomentar la solidaridad entre los pueblos y las personas de todo el mundo. Su función es la de promover unas relaciones pacíficas y constructivas que nos permitan afrontar los nuevos retos a los que se enfrenta la Humanidad. -
El derecho a la paz es un derecho tanto en el ámbito nacional o interno como en el internacional. Es tan cierta la afirmación de que no puede haber paz sin derechos humanos como la de que no puede haber derechos humanos sin paz referida a la vida interior de los Estados y a la situación internacional.
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El derecho al desarrollo consiste en promover y proteger la capacidad de cada persona para participar en el desarrollo, contribuir a él y disfrutar de él, incluidos los aspectos económicos, sociales, culturales o políticos.
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El primer proyecto de la Declaración se propuso en septiembre de 1948 y más de 50 Estados Miembros participaron en la redacción final. En su resolución 217 A (III) del 10 de diciembre de 1948, la Asamblea General, reunida en París, aprobó la Declaración Universal de Derechos Humanos.