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Los orígenes se remontan en el estado República de Venecia. Se otorgó una patente de monopolio a Pietro de Ravenna, de su obra “Fénix” solo podría ser impresa por él mismo o por los impresores que él designase.
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Surge en Inglaterra el primer sistema legal de propiedad intelectual. Se emitió el concido “Statute of Anne” que proponía que el autor debería ser el primer beneficiario de los derechos generados por su obra y confería un monopolio de 21 años para el autor
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En Francia surge la primera de las sociedades de autores llamada “Société des auteurs et compositeurs dramatiques”, que se ocupó de la administración colectiva de los derechos de los autores
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Se firma el Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial (invenciones, marcas, diseños industriales, modelos de utilidad, marcas y nombres comerciales, denominaciones de origen y competencia desleal).
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Se crea el Buró Internacional Unido para la Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI, por sus siglas en francés), que es el organismo que precede a la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI)
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En Costa Rica se plantea en la Constitución Política (artículo 47) que: “Todo autor, inventor, productor o comerciante gozará temporalmente de la propiedad exclusiva de su obra, invención, marca o nombre comercial, con arreglo a la ley”
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Se crea la OMPI, organización internacional cuyo objetivo es “desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.”
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Desde entonces, no es exigible el registro ni ninguna otra formalidad para la eficacia de la protección