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El Tribunal Superior de Bogotá revocó la absolución y condenó al General Uscátegui a 40 años de prisión por estos mismos delitos (Masacre de Mapiripán.)
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El Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de Bogotá absolvió al General Jaime Humberto Uscátegui por los delitos de homicidio agravado y secuestró en el proceso de la masacre de Mapiripán.
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La Corte adoptó medidas provisionales, para la protección de los testigos amenazados.
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Las víctimas del caso que estaban citadas a testificar ante la Corte Interamericana en una audiencia fueron amenazadas, y solicitaron a la Corte la adopción de medidas de protección.
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La promulgación de la “Ley de Justicia y Paz” cobijó a varios de los implicados de la masacre de Mapiripán los cuales se encontraban en un proceso de desmovilización con el gobierno de Álvaro Uribe Vélez.
La medida de aseguramiento contra Salvatore Mancuso (condenado a 40 años de prisión) fue suspendida temporalmente. -
Masacre de Mapiripan Meta, realizada por el grupo paramilitar Autodefensas Unidas de Colombia "UAC".
Entre los días 15 y 24 de julio de 1997. -
La CIDH emitió su fallo, en esta se declaro violados los derechos a la libertad, integridad y vida de los afectados directa e indirectamente.
Se declaro que Colombia violo en perjuicio a los niños (as) de Mapiripán y a sus diversas victimas por desplazamiento en el cual se impidió el derecho a la circulación y residencia.
Por último, se declaró que el Estado violó en perjuicio de los familiares de las víctimas los derechos a las garantías judiciales y a la protección judicial. -
El Estado Colombiano alega que el proceso judicial para establecer los hechos de Mapiripán y juzgar a los responsables se encuentra en marcha por ende le pide a la comisión declarar inadmisible el caso.
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El 06 de octubre de 1999 se instauro la demanda a la comisión Interamericana de Derecho Humanos.
Esta fue realizada por: el colectivo de abogados José Alvear Restrepo y el Centro de Justicia y Derecho Internacional "CEJIL" -
El estado admitió, para todos sus efectos,aplicación indebida de los artículos 50 y 51 de la Convención Americana.
Se dio reconocimiento a la responsabilidad internacional efectuada por el Estado, en los términos de los párrafos 29 y 30 de la presente Sentencia -
05 de septiembre del 2003 la comisión presento a la corte la demanda del caso 12.250 "Masacre de Mapiripán contra Colombia".
Se pidió que se investigara si el Estado Colombiano había violado las garantías judiciales a las presuntas victimas y a sus familias -
La comisión Interamericana De Derechos Humanos "CIDH" aprueba el informe del caso, en el cual se encontraron violaciones a los derechos humanos
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La corte Interamericana de D.D.H.H. escucho a las presuntas victimas y victimarios en una audiencia publica