
Marco Legal Farmacovigilancia y Tecnovigilancia Johana Alexandra Fuenagan Puenguenan Cumbal- Nariño
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Este decreto nos indica las medidas sanitarias que debemos tener con los medicamentos, cosméticos, preparaciones farmacéuticas a base de recursos naturales y otros productos de uso doméstico para su importación, exportación y comercialización.
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Abarca la Normatividad desde el año 1995 hasta fecha Actual
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En esta resolución se crea la comisión asesora de ciencia y tecnología del ministerio de salud para regular las actividades de desarrollo científico en el sector salud.
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Esta Resolución se creó para el Manejo de la Historia Clínica es un documento privado, obligatorio y sometido a una reserva, en el
cual se registran todo el proceso su enfermedad condiciones del paciente, lleva acabo el los datos del paciente médico y el grupo que acompaña al médico en su atención. -
Este decreto nos indica el registro sanitario de las preparaciones farmacéuticas con base de plantas medicinales y productos Fito terapéuticos tradicionales de fabricación nacional que nos sirven para el alivio de los síntomas de las enfermedades. Tradicionalmente, las plantas medicinales son usadas para preparar extractos, infusiones, jarabes, que buscan mejorar una condición de salud como prevenir patologías que pueden ser deletéreas para la salud humana y animal.
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Este decreto es el responsable del servicio de atención, actividades, procedimientos e intervenciones de carácter técnico, científico y administrativo, relacionados con los medicamentos o dispositivos médicos para la promoción de la salud y la prevención de enfermedades contribuyendo al mejoramiento y a la calidad de vida.
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Este decreto se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria en lo relacionado con los dispositivos médicos especialmente los sometidos a un control especial para su debido procesamiento, envase, empaque, almacenamiento, importación, exportación, para uso humano, los cuales serán de obligatorio cumplimiento por parte de las personas naturales o jurídicas que se dediquen a dichas actividades.
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La presente nos indica los cuidados que debemos tener para el seguimiento, vigilancia con los medicamentos sometidos a control especial su venta es exclusivamente bajo formula medica clasificándolos de acuerdo a su alto riesgo y el grado de vulnerabilidad asociados a estos dispositivos médicos.
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Este decreto señala los requisitos que beben cumplir con las medidas sanitarias que deben tener los establecimientos a la hora de elaborar, procesar, almacenar adecuadamente los productos comercializados para la salud visual y ocular con el fin de proteger la vida y la seguridad humana.
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Esta resolución determina el modelo de gestión del servicio farmacéutico y los criterios administrativos y técnicos generales del modelo de gestión del servicio farmacéutico y se aplicarán a toda persona que realice una o más actividades de este servicio farmacéutico; especialmente, a los prestadores de servicios de salud, donde se almacenen, comercialicen, distribuyan o dispensen medicamentos y dispositivos médicos o se realice cualquier otra actividad y/o proceso del servicio farmacéutico.
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Esta resolución tiene por objetivo definir los procedimientos y condiciones de inscripción de los prestadores de servicios de salud y de habilitación de servicios de salud, aplica a las instituciones prestadoras de servicios de salud, tanto en construcción de estructuras y la descripción de procesos, introducción y la aplicación de metodologías e instrumentos de localidad y seguridad del paciente.